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vulnerados e invisibilizados por parte de los
partidos políticos, quienes utilizan datos
personales sin escrúpulos para dañar la imagen
de sus oponentes. Esta práctica no solo afecta la
dignidad del candidato atacado, sino también
impacta negativamente en su entorno familiar
(Constitución de la República del Ecuador,
2008).
El Estado a través de la Constitución, garantiza
el efectivo goce de los derechos fundamentales
del ser humano entre estos, el derecho a la
intimidad personal y familiar, el derecho a la
protección de datos de carácter personal, entre
otros, que están siendo violentados, a través del
mal uso de las redes sociales que violentan el
derecho a la intimidad de las personas, actos que
legalmente se convierten en delitos como:
secuestros, extorsión, fraudes, acoso,
intimidación, suplantación de identidad, el uso
del software malicioso, violación de intimidad,
hackeos de sitios web y más delitos, el derecho
a la intimidad que debe delimitarse para
diferenciarse de otros bienes y derechos
fundamentales (Carvajal, 2022, p.1).
Como consecuencia de estas prácticas, la
privacidad y la intimidad son vulneradas,
porque la vida cotidiana y familiar son
expuestas en medios digitales. Esta explosión
repercute en su modo de vida, además, de
generar daños irreversibles de su imagen en la
sociedad. Estos actos desmedidos tienen efectos
significativos y permanentes en los derechos,
causados por un rechazo estructural por parte de
la ciudadanía, y posiciona al candidato y a su
familia como enemigos del país. Generando
entornos violentos para las y los candidatos, y
favoreciendo a crear un proceso de
deshumanización legitimado para el odio
colectivo. Por lo que, es necesario que se
materialicen acciones efectivas que eviten este
tipo de prácticas, cuyas secuelas trasciendan la
época electoral, perjudicando de forma futura a
los candidatos y sus familias. Por otro lado, la
ideología política afecta de manera negativa a la
cohesión social, produciendo barreras invisibles
entre distintos sectores de la ciudadanía. Esta
situación produce conflictos internos, división
regional y segregación electoral. Causando
violencia simbólica, partidismo, movilización
de manifestantes y grupos sociales, además, de
abuso desmedido de elementos de propaganda
física y ataques digitales entre votantes. Todo
esto contribuye a la ruptura del tejido social y
marcan diferencias significativas con base en la
afiliación política personal (Carrera, 2023).
Es necesario analizar cómo la política y los
medios digitales, operan en la vida cotidiana de
los votantes, desembocando en vulneraciones
graves a los preceptos constitucionales,
particularmente por la ideología política o
formar parte de un partido. Por un lado, esta
situación genera violencia entre las diversas
líneas políticas, afectando su derecho a la
dignidad y al libre desarrollo de la personalidad.
En cambio, la difusión de información irreal,
falsa y manipulada viola el derecho colectivo a
la información de calidad y verificada. Aunque
el Consejo Nacional Electoral (CNE) está
obligado a garantizar el cumplimiento de la
Carta Fundamental que, durante todo el proceso
electoral, omite realizar el control dentro de los
entornos digitales e invisibiliza este problema
social creciente en el país.
La Carta Fundamental del Ecuador (2008)
reconoce los derechos digitales mediante
disposiciones normativas como el artículo 384,
que garantiza el acceso a las tecnologías de la
información, y el artículo 66 numeral 19, que
protege la privacidad en los medios de
comunicación. En relación con ello, se
promulgó la Ley Orgánica de Protección de
Datos Personales (2021), que tiene la finalidad
de proteger la información personal y garantizar
la confidencialidad de información intima en