Ciencia y Educación (ISSN 2707-3378)
Vol. 2 No. 11
Noviembre del 2021
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LA CONTRATACIÓN DIRECTA Y SU INCIDENCIA EN LA EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL EN LAS UNIDADES EJECUTORAS DE PIURA DURANTE EL
EJERCICIO FISCAL 2016.
DIRECT CONTRACTING AND ITS IMPACT ON THE BUDGET EXECUTION IN THE
EXECUTING UNITS OF PIURA DURING FISCAL YEAR 2016.
Autores: ¹Gladyz Chavez Quiñones, ²Marlon Martín Mogollón Taboada, ³ Juan Walberto Gómez
Silva y
4
Marcos Timaná Alvarez
¹ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-4556-6548
²ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-5418-9166
4
ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-4222-7372
¹E-mail de contacto: cquinonesg@ucvvirtual.edu.pe
²E-mail de contacto: mmogollon@unf.edu.pe
³E-mail de contacto: ecae_2@hotmail.com
4
E-mail de contacto: marcosalvarez2305@hotmail.com
Articulo recibido: 20 de Agosto del 2021
Articulo revisado: 26 de Octubre del 2021
Articulo aprobado: 20 de Noviembre del 2021
¹Contadora Pública Colegiada egresada de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo (Perú). Posee una Maestria en Gestión Pública de
la Universidad Cesar Vallejo (Perú). Posee un PhD en Gestión Pública y Gobernabilidad de la Universidad Cesar Vallejo (Perú)
²Egresado de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional de Piura (Perú). Magister en Investigación y
Docencia en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque (Perú). Doctorante en la especialidad de Contabilidad y Finanzas,
cursando el V Ciclo, en la Universidad Nacional de Piura (Perú)
³ Contador Público Colegiado egresado de la Universidad Nacional de Piura (Perú). Posee una Maestria en Administración con mención
en Gerencia Gubernamental de la Universidad Nacional de Piura (Perú)
4
Economista, egresado de la Universidad Nacional de Piura (Perú) con más de 20 años de experiencia laboral profesional. Posee una
Maestria en Ciencias Económicas con mención en Proyectos de Inversión, egresado de la Universidad Nacional de Piura (Perú).
Doctorante en Economía y Finanzas de la Universidad Nacional de Piura (Perú)
.
Resumen
El presente trabajo de investigación titulado:
“La Contratación Directa y su incidencia en la
Ejecución Presupuestal en las Unidades
Ejecutoras de Piura durante el ejercicio fiscal
2016”, tuvo como objetivo principal:
Determinar la influencia de la contratación
directa en la ejecución presupuestal de las
unidades ejecutoras de Piura en el Ejercicio
Fiscal 2016. El Estudio se trabajó bajo los
fundamentos de investigación cuantitativa, con
un diseño descriptivo correlacional, la
población estuvo conformada por 41
trabajadores de las Unidades Ejecutoras:
Universidad Nacional de Piura (16), SUNARP
Piura (6), Ministerio Público (7), Poder Judicial
(8) y Universidad de la Frontera (4); la muestra
quedó conformada por la misma cantidad que
la población, para recolectar la información se
construyeron dos instrumentos: Cuestionario
de contratación directa; el cual estuvo
conformado por 17 ítems y el cuestionario para
la Ejecución presupuestal, que estuvo
conformado por 15 ítems a ambos instrumentos
se les aplicó la confiabilidad a través de la
aplicación de prueba piloto, el cual fue
confiable para la aplicación, los datos fueron
procesados a través del uso de Excel y
presentado en tablas porcentuales, tablas de
doble entrada, para la comprobación de
hipótesis se ha usado la correlación de
Spearman. Sus resultados fueron: La ejecución
presupuestal fue evaluada de manera regular
por el 51.2%, adecuada por 39%, las Unidades
Ejecutoras tienen una percepción regular de
cómo se va dando la contratación directa en las
instituciones evaluadas (60,9%). Se concluye
que existe relación altamente significativa
entre la contratación directa y la ejecución
presupuestal de las Unidades Ejecutoras de
Piura (rho= 0,820 y p= ,002); el grado de
influencia fue de 67%.
Palabras claves: Ejecución presupuestal,
contratación directa, eficacia, evaluación y
control.
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Abstract
The present research work entitled: "Direct
Contracting and its impact on the Budget
Execution in the Executing Units of Piura
during fiscal year 2016", had as main objective:
To determine the influence of direct
contracting in the budget execution of the units
Executing executives of Piura in Fiscal Year
2016. The Study was worked under the
foundations of quantitative research, with a
correlational descriptive design, the population
was made up of 41 workers from the Executing
Units: National University of Piura (16),
SUNARP Piura (6), Public Ministry (7),
Judicial Branch (8) and Universidad de la
Frontera (4); The sample was made up of the
same amount as the population. To collect the
information, two instruments were constructed:
Direct contracting questionnaire; which
consisted of 17 items and the questionnaire for
budget execution, which consisted of 15 items,
reliability was applied to both instruments
through the application of a pilot test, which
was reliable for the application, the data were
processed Through the use of Excel and
presented in percentage tables, double entry
tables, for hypothesis testing, Spearman's
correlation has been used. Its results: The
budget execution was regular by 51.2%,
adequate by 39%, the Executing Units have a
regular perception of how direct contracting is
taking place in the evaluated institutions
(60.9%). It is concluded that there is a highly
significant relationship between direct
contracting and the budget execution of the
Executing Units of Piura (rho = 0.820 and p =
.002); the degree of influence was 67%.
Keywords: Budget execution, direct
contracting, efficiency, evaluation and
control.
Sumário
O presente trabalho de pesquisa intitulado: "A
Contratação Direta e seu impacto na Execução
Orçamentária nas Unidades Executivas de Piura
durante o exercício de 2016", teve como
objetivo principal: Determinar a influência da
contratação direta na execução orçamentária
das unidades Executivas Executivas de Piura no
Ano Fiscal de 2016. O Estudo foi trabalhado
sob os fundamentos da pesquisa quantitativa,
com desenho descritivo correlacional, a
população foi composta por 41 trabalhadores
das Unidades Executivas: Universidade
Nacional de Piura (16), SUNARP Piura (6),
Ministério Público (7), Poder Judiciário (8) e
Universidad de la Frontera (4); A amostra foi
composta pelo mesmo quantitativo da
população.Para a coleta das informações, foram
construídos dois instrumentos: Questionário de
contratação direta; que era composto por 17
itens e o questionário de execução
orçamentária, que era composto por 15 itens, a
confiabilidade foi aplicada a ambos os
instrumentos por meio da aplicação de um teste
piloto, que foi confiável para a aplicação, os
dados foram processados por meio do Excel e
apresentados em tabelas de porcentagem,
tabelas de dupla entrada, para teste de hipóteses,
foi usada a correlação de Spearman. Seus
resultados: A execução orçamentária foi regular
em 51,2%, adequada em 39%, as Unidades
Executivas têm uma percepção regular de como
está ocorrendo a contratação direta nas
instituições avaliadas (60,9%). Conclui-se que
existe uma relação altamente significativa entre
a contratação direta e a execução orçamentária
das Unidades Executivas de Piura (rho = 0,820
ep = 0,002); o grau de influência foi de 67%.
Palavras-chave: Execução orçamentária,
contratação direta, eficiência, avaliação e
controle.
Introducción
La Evaluación de la Ejecución presupuestaria
constituye la medición de los resultados de la
gestión del sector público en nuestra realidad lo
cual nos ha permitido conocer la ejecución
financiera del presupuesto en su estructura de
ingresos y distribución de los gastos y el
cumplimiento de sus objetivos durante todos los
tiempos mediante la aplicación de los
indicadores presupuestarios. (García, 2009).
Al haberse incrementado el monto permitido
para la Contratación Directa en las
adquisiciones de bienes y servicios con la
finalidad de: dinamizar los presupuestos
institucionales, realizar las adquisiciones de
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acuerdo a lo establecido por las normas
específicas y de manera eficaz y eficiente como
lo indica la norma, las implicancias en las
políticas de Contrataciones directas y los
riesgos en los manejos de estas compras por
parte de los órganos encargados de las
contrataciones, la baja ejecución en el primer
semestre del año de los recursos presupuestales
asignados a cada unidad ejecutora. (García,
2009).
Es necesario que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados evalúen permanentemente su
gestión para que les permitan conocer el nivel
de eficiencia y eficacia en la consecución de sus
objetivos y establezcan las medidas correctivas
que crean necesarias con la finalidad de
presentar información transparente a las
autoridades competentes y a la sociedad.
(Alvarado, 2000)
En esta investigación se han tomado las
instituciones públicas de nivel de gobierno
nacional que está comprendido: por ministerios,
instituciones públicas descentralizadas,
universidades públicas y organismos
descentraliza Las contrataciones directas se
aprueban mediante Resolución del Titular de la
Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo
Regional o del Concejo Municipal, según
corresponda. Esta disposición no alcanza a
aquellos supuestos de contratación directa que
el reglamento califica como delegable.
Siempre se ha visto a las autoridades que
reclaman mayor presupuesto para las Entidades
gubernamentales que representan, sin embargo,
en el Diario “El Comercio”, del 10 de octubre
del 2015, en su sección Economía Pagina: El
Comercio B3, Tituló: El Estado no ejecuto S/.
11 mil millones presupuestados para inversión
el 2011. Según la Cuenta General de Republica,
S/. 167 mil millones ingresaron a las arcas
públicas el año pasado. Luego resalta la noticia:
Recursos que no aprovechan - Los gobiernos
Central, Regional y Municipal dejaron de
invertir más de S/. 11 mil millones en obras
públicas; esto debido que hasta agosto se había
invertido el 50%”, el presupuesto de los
Gobiernos Regionales, Presupuesto Asignado
S/. 7,270 millones, Presupuesto ejecutado
61.9% y Presupuesto No ejecutado 38.1%;
Gobiernos Locales, Presupuesto Asignado S/.
14,067 millones, Presupuesto ejecutado 58.9%
y Presupuesto No ejecutado 41.1%; cómo
podemos observar estas instituciones no
cumplen con lo programado.
En la revisión del Gasto presupuestal, según el
reporte del Ministerio de Economía, existe un
avance promedio en Piura es de 65,8%, siendo
las Unidades del Ministerio Público y Poder
Judicial con mejores porcentajes de gastos entre
81.1% y 78.5% respectivamente, la Unidad
Ejecutora que menos avance ha tenido es la
Universidad Nacional la Frontera que hasta la
fecha reporta un 44.3% de avance; estos datos
nos indican que hay algunas complicaciones en
cuanto a cumplir con todo lo programado en el
año.
Desarrollo
A nivel internacional se encontró la
investigación de Guerrero, M y Heras, S (2013)
se elabora la investigación “Análisis de la
ejecución presupuestaria, en el gobierno
autónomo descentralizado de la parroquia de
san Joaquín en el período 2012”. Ecuador. La
importancia de los indicadores presupuestarios
en los G.A.D. permite tomar decisiones con
respecto a la distribución equitativa de los
recursos públicos y verificar que estén
enfocados hacia la inversión de programas y
proyectos en beneficio de las comunidades. Se
concluye en el análisis realizado de los ingreso
y gastos devengados con respecto a la
asignación inicial se concluye que existen
reformas presupuestarias que incrementan su
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presupuesto y que son innecesarias, puesto que
no se logra ejecutar ni la asignación inicial. Es
importante considerar que dentro de los
gobiernos parroquiales su medida de eficiencia
y eficacia se ven reflejadas en las obras
públicas, las mismas que no se ejecutan como
se programan. Es importante hacer un
seguimiento para proveer o gestionar a tiempo
los recursos para el cumplimento de estas obras.
La siguiente investigación da un aporte en la
teoría pues se pudo recopilar información
acerca de las variables y un constructo similar a
la de la investigación.
Gómez, C (2010), elabora la investigación: “El
presupuesto público en la gestión presupuesta
eficiente de los municipios”. Colombia. El
estudio plantea la necesidad imperiosa de
realizar modificaciones en el proceso del
presupuesto público de los municipios
colombianos, de tal manera que permitan
trasladar a la práctica los regímenes de
desarrollo, tomando con uno de los pilares para
esto planes la participación ciudadana. En la
investigación se encuestaron y entrevistaron
alrededor de 300 usuarios, estudio de tipo
descriptivo analítico. Llega a la conclusión que
hay dificultades fundamentalmente resistencia
al cambio en los trabajadores. Por otro lado, no
se definen claramente los objetivos y los
resultaos esperados al interior de las comunas.
La gestión presupuesta no está asociada a la
realidad de sus comunidades, el 75% de las
personas encuestas consideran que no existe un
análisis real de las demandas sociales por lo
tanto no se solucionad. En cuanto a la
satisfacción del usuario, el 80% de ellos reflejan
insatisfacción por no cumplir con lo estipulado
en las reuniones con las comunidades.
Esta investigación dio un aporte importante en
la teoría y en la discusión de resultados pues
ayudo a discutir lo encontrado y corroborar con
los datos encontrados.
A nivel nacional tenemos la investigación de
Campos, C (2011) La presente investigación
titulada “Los Procesos de control interno en el
departamento de ejecución presupuestal de una
institución del estado”, Perú. Su principal
motivación ha sido verificar si el control interno
que se viene realizando responde a los objetivos
que dieron origen a su implementación y si este
está a su vez de acuerdo a las normas técnicas
de control para el sector público, se realizó
entrevista, encuesta y análisis documental a la
respectiva oblación, estudio de tipo descriptiva,
explicativa y finalmente correlacionada. Llega
a la conclusión con la relación a la ejecución
presupuestal las políticas utilizadas en el control
interno son coherentes, observándose las
normas y procedimientos en todas las
actividades del proceso de abastecimiento,
influyendo favorablemente en el trabajo que se
efectúa; sin embargo, se amerita un manual para
su ejecución.
Esta investigación dio un aporte teórico donde
se pudo encontrar algunas definiciones de las
variables sus constructos similares a la
investigación, así como de las dimensiones
trabajadas.
Por otro lado, Santa Cruz, F (2012) se elabora
la investigación “Evaluación de la ejecución
presupuestal y su incidencia en el control
interno de la municipalidad de San Roque de
Cumbaza, periodo 2011” Perú. El estudio
plantea un análisis periódico del proceso de
ejecución presupuestaria de la entidad a fin de
conocer si se organiza, dirige y coordina
adecuadamente la inversión y el gasto de los
recursos; el control interno aparece como la
alternativa a fortalecer, modernizar y mejorar el
trabajo de los auditores. Se aplicó la técnica de
observación directa a la municipalidad san
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Roque de Cumbaza, estudio de tipo descriptivo.
Se llega a la conclusión el procedimiento de
avaluación de la ejecución presupuestal es
favorable presentándose algunas debilidades en
la ejecución presupuestal, debido a las unidades
administrativas solicitaron más de tres traspasos
por cada cuenta durante el periodo 2011.
Esta investigación aporto para corroborar
información adquirida como para ver otros
antecedentes encontrados que ayuden a
verificar y esclarecer algunas definiciones y
teorías.
Las teorías relacionadas que se han citado están
asociadas a las dos variables de trabajo: La
contratación directa y la ejecución presupuestal
en las unidades ejecutoras.
La ley de Contrataciones del Estado “Ley
30225”, tiene por finalidad establecer normas
orientadas a maximizar el valor de los recursos
públicos que se invierten y a promover la
actuación bajo el enfoque de gestión por
resultados en las contrataciones de bienes,
servicios y obras, de tal manera que estas se
efectúen en forma oportuna y bajo las mejores
condiciones de precio y calidad, que permitan el
cumplimiento de los fines públicos y tengan una
repercusión positiva en las condiciones de vida
de los ciudadanos.
El Ministerio de Finanzas Públicas lo define así:
“El presupuesto público es el límite de gastos
que una entidad puede realizar durante un año,
de acuerdo a los ingresos que espera recibir, y
debe ser la expresión financiera de los
programas y proyectos que ejecutará para
alcanzar los objetivos del plan de gobierno. El
presupuesto público permite estimar los
recursos con que se contará y distribuirlos de
acuerdo a las prioridades de gobierno, entre las
distintas instituciones.
El presupuesto, constituye una herramienta que
le permite a la entidad pública cumplir con la
producción de bienes y servicios para la
satisfacción de las necesidades de la población
de conformidad con el rol asignado al Estado en
la economía”. (Paredes, 2006, p 37)
La misma ley en su artículo tercero estable el
ámbito de aplicación en la cual enmarca a las
instituciones públicas que están comprendidas
dentro de la norma para realizar las
adquisiciones y contrataciones de bienes y
servicios y ejecución de obras como son: a) Los
Ministerios y sus organismos públicos,
programas y proyectos adscritos. b) El Poder
legislativo poder Judicial y organismos
constitucionalmente autónomos c) los
gobiernos regionales y sus programas y
proyectos adscritos; d) Los gobiernos locales y
sus programas y proyectos adscritos; e) Las
universidades públicas; f) Sociedades de
beneficencia pública y juntas de Participación
social; g) Las empresas del estado
pertenecientes a los tres niveles de gobierno; h)
Los fondos constituidos total o parcialmente
con recursos públicos, sean de derecho público
o privado.
Dentro de los procedimientos de selección que
se formulan en el estado peruano son: Licitación
pública, concurso público, adjudicación
simplificada, selección de consultores
individuales, comparación de precios, subasta
inversa electrónica y la contratación directa,
García (2009) la define como aquel
procedimiento de selección en la que no se
realiza una compulsa de ofertas, sino que se
asigna el contrato a un único oferente
predeterminado; este tiene que realizar con
eficiencia y debe cumplir ciertas condiciones
para su empleo las cuales se encuentran
estipuladas en la ley de contratación con el
estado (p. 45)
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Por su parte Martín (2005), la define a la
contratación directa como “el procedimiento de
contratación que, por la naturaleza de la
negociación que conlleva, deba efectuarse sin la
concurrencia de los requisitos señalados para la
licitación o propuesta pública y para la
privada.” (p. 489)
En el marco correspondiente a la nueva Ley de
contratación con el estado, la contratación
directa ha pasado a ser considerada como una
categoría específica de procedimiento de
selección que, en todo caso, supondría la
excepción a la concurrencia como un elemento
definitorio del mismo. En consecuencia, y aun
cuando formalmente se le haya atribuido la
categoría de procedimientos de selección, se
trata de supuestos en los cuales se permitirá, por
excepción, la realización de contrataciones en
las cuales las entidades no se encontrarán en la
obligación de seleccionar previamente entre dos
(2) o más ofertas presentadas por los
proveedores, sino que podrán establecer la
relación contractual con el proveedor que
cumpla con las condiciones exigidas para la
provisión de bienes, servicios u obras. Por lo
tanto, la contratación directa es considerada por
la doctrina como un procedimiento
administrativo excepcional por el que el estado
o ente público elige directamente al contratista,
sin concurrencia, puja u oposición de oferentes
(Moraga, 2006 p. 137)
La nueva LCE ha optado a diferencia de la
LCE vigente por la incorporación de los
supuestos de exclusión de los procedimientos
de selección dentro de la categoría
correspondiente a las contrataciones directas,
que es como se les conoce mayormente en la
doctrina. Asimismo, ha optado por la
incorporación de, determinados supuestos de
contratación directa adicionales a los previstos
por el artículo 20° de la LCE vigente, que han
sido reconocidos en el ámbito internacional, y
respecto de los cuales de acuerdo a lo señalado
por la exposición de motivos de la Ley
3022510- se considera que proporcionan mayor
capacidad de gestión en las entidades.
Entre los supuestos de procedencia de las
contrataciones directas, tomando como base lo
previsto en el artículo 27° de la nueva LCE, los
supuestos en los cuales las entidades podrán
contratar directamente con un proveedor
determinado o concreto, son los siguientes:
a) Cuando se contrate entre entidad, siempre
que en razón de costos de oportunidad resulte
más eficiente y técnicamente viable para
satisfacer la necesidad, y no se contravenga lo
señalado en el artículo 60 de la Constitución
Política del Perú. Dicho supuesto hace
referencia a los denominados «contratos
interadministrativos», es decir aquellos
acuerdos o negocios de donde se deriven
obligaciones para las partes, y que son distintos
de los convenios o acuerdos suscritos entre las
entidades de la administración pública como
mecanismo de colaboración y que constituyen,
por tanto, simples convenciones entre sujetos
administrativos, respecto de los cuales no se
puede deducir ningún régimen obligacional.
Santofimio, (2000).
De acuerdo a lo establecido en el artículo 27°,
literal a) de la nueva LCE, dicho supuesto
comprende el caso en los cuales las prestaciones
objeto del Contrato serán realizadas por una
entidad Pública a favor de otra. En tal sentido,
la contratación directa entre entidades del
estado sólo podrá verificarse siempre que
simultáneamente se cumplan los siguientes
requisitos: i) Que la contratación de la entidad
como proveedor resulte más eficiente para
satisfacer la necesidad que la contratación de
proveedores privados, en razón de costos de
oportunidad y ii) Que la contratación de la
Entidad como proveedor resulte técnicamente
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viable para satisfacer la necesidad que motiva la
contratación. (Pinno 2005, p. 229)
b) Ante una situación de emergencia derivada
de acontecimientos catastróficos, situaciones
que afecten la defensa o seguridad nacional,
situaciones que supongan el grave peligro de
que ocurra alguno de los supuestos anteriores, o
de una emergencia sanitaria declarada por el
ente rector del sistema nacional de salud. Tanto
el artículo 27°, literal b) de la nueva LCE como
el artículo 88°, inciso 2 del proyecto de
reglamento coinciden en definir a la situación
de emergencia como aquella derivada de
cualquiera de los siguientes supuestos i)
Acontecimientos catastróficos, entendiéndose
por tales aquellos de carácter extraordinario,
ocasionados por la naturaleza o por la acción u
omisión del obrar humano, y que generan daños
afectando a una determinada comunidad. ii)
Situaciones que afecten la defensa o seguridad
nacional, las mismas que son consideradas
como aquellas que están dirigidas a enfrentar
agresiones de orden interno o externo, que
menoscaben la consecución de los fines del
estado. (Drommi, 2006)
Situaciones que supongan grave peligro de
ocurrencia de alguno de los supuestos
anteriores, emergencias sanitarias, que deben
ser declaradas por el ente rector del Sistema
Nacional de Salud, conforme a lo previsto en la
ley de la materia. En cualquiera de los supuestos
mencionados con anterioridad, los requisitos y
procedimientos que se proponen para la
implementación de la contratación directa,
están recogidos en el artículo 88°, inciso 1 del
Proyecto de Reglamento, pudiendo reseñarse lo
siguiente: a) La Entidad deberá contratar en
forma inmediata los bienes, servicios u obras
(quedando exonerada la entidad de la
tramitación del expediente administrativo),
debiendo limitarse a lo estrictamente necesario
tanto para: 1) prevenir los efectos del evento
que va a producirse; como 2) atender los
requerimientos generados como consecuencia
directa del evento producido. b) El
cumplimiento de los requisitos de
documentación y actuaciones para las
contrataciones directas que tengan por objeto
enfrentar situaciones de emergencia y que a la
fecha de la contratación no haya sido verificado,
deberá regularizarse con posterioridad, dentro
del mes siguiente de efectuada la misma, lo cual
constituye una característica de este supuesto de
contratación directa. Dicha obligación incluye:
i) la emisión del informe o los informes que
contienen el sustento técnico y legal de la
contratación directa; ii) la emisión de la
resolución o adopción del acuerdo del titular de
la entidad que la aprueba; iii) la elaboración y
aprobación del contrato y sus requisitos; iv) la
publicación en el SEACE de los informes y
decisión (resolución o acuerdo) antes
mencionados. Cabe destacar que en el Proyecto
de Reglamento se excluyen expresamente
como documentación y actuaciones pendientes
de regularización la inscripción y/o verificación
de vigencia de inscripción del proveedor en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP), así
como la emisión de las respectivas constancias
de no estar inhabilitado para contratar con el
estado y de capacidad libre de contratación (esto
último para el caso de la ejecución de obras).
(Drommi, 2006)
c) Ante una situación de desabastecimiento
como causal de exoneración del proceso de
selección, está previsto en el artículo 27°, literal
c) de la nueva LCE como aquél que está
debidamente comprobado y que «afecte o
impida a la entidad cumplir con sus actividades
u operaciones». A diferencia de lo previsto en
la LCE vigente, la nueva LCE también ha
derivado la regulación de este supuesto al
Reglamento. Al respecto, cabe mencionar que
el artículo 88°, inciso 3 del Proyecto de
reglamento, define a la situación de
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desabastecimiento como la ausencia inminente
de determinado bien o servicio, como
consecuencia de una situación «extraordinaria e
imprevisible», y que compromete la
continuidad de las funciones, servicios,
actividades u operaciones que la entidad tiene a
su cargo. Atendiendo a la definición citada, se
advierte, en principio, que se trata de una
situación que no puede ser atribuida (por
negligencia, dolo o culpa inexcusable) a los
funcionarios y/o servidores de los órganos de la
entidad que intervienen en la determinación de
la necesidad de contratar y la conducción de los
procesos de selección, cuando actúan bajo la
diligencia habitual requerida. En caso se
presente la situación descrita con anterioridad,
ello únicamente faculta a la Entidad para la
contratación de los bienes y servicios para
asegurar el cumplimiento de sus funciones, pero
únicamente por el tiempo y/o la cantidad (según
sea el caso) que resulten necesarios para superar
dicha situación y llevar a cabo el proceso de
selección para la contratación regular que
corresponda. Sin perjuicio de ello, debe tenerse
presente que estos parámetros (tiempo y/o
cantidad que resulten necesarios) constituyen en
muchos casos estimaciones.
d) Cuando las fuerzas armadas, la Policía
Nacional del Perú y los organismos
conformantes del Sistema Nacional de
Inteligencia requieran efectuar contrataciones
con carácter secreto, secreto militar o por
razones de orden interno, que deban mantenerse
en reserva conforme a ley, previa opinión
favorable de la Contraloría General de la
República. Dicho supuesto (artículo 27°, literal
d) de la nueva LCE) comprende las
contrataciones que realicen las Fuerzas
Armadas, la Policía Nacional del Perú y los
órganos integrantes del Sistema Nacional de
Inteligencia, con carácter secreto, secreto
militar o por razones de orden interno, que
deban mantenerse en reserva conforme a lo
previsto por el ordenamiento. Dicha
exoneración procederá siempre que: i) El objeto
de dichas contrataciones se encuentre
comprendido dentro de la relación de materias
que tengan dicho carácter, que deberá ser
aprobada por Decreto Supremo refrendado por
el Consejo de Ministros (artículo 88°, inciso 4
del Proyecto de Reglamento). Es por ello que la
previa determinación genérica de las materias
que tengan dicho carácter en una norma
constituye un mecanismo para garantizar, en
cierta medida, la publicidad y transparencia en
la contratación. (Moraga, 2007)
e) Cuando los bienes y servicios solo puedan
obtenerse de un determinado proveedor o un
determinado proveedor posea derechos
exclusivos respecto de ellos. El mencionado
supuesto alude a aquellos casos en los que las
Entidades Contratantes determinan, con
anterioridad al inicio del proceso de selección,
que solamente un proveedor puede satisfacer
sus necesidades, es decir, la inexistencia de una
pluralidad de oferentes. El supuesto de
proveedor único (contemplado en el artículo
27°, literal e) de la nueva LCE) comprende dos
situaciones): i) Bienes o servicios que no
admiten sustitutos, es decir, inexistencia de
bienes o servicios sustitutos a los requeridos por
el área usuaria; ii) Cuando se haya establecido
la exclusividad del proveedor, por razones
técnicas o relacionadas con la protección de
derechos de propiedad intelectual (caso último
en el cual entiende que dicha causal está
haciendo referencia a la protección temporal
conferida en la materia) (Pinno, 2005)
f) Para los servicios personalísimos prestados
por personas naturales, que cuenten con la
debida sustentación. Conforme a lo previsto en
el artículo 88°, inciso 6 del Proyecto de
Reglamento de la LCE (en forma similar a lo
establecido actualmente en el 132° del
Reglamento vigente), dicho supuesto está
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haciendo referencia a los casos en los que se
requiera contratar servicios especializados en
las siguientes categorías: profesionales,
artísticos, científicos o tecnológicos. De modo
similar a lo establecido por el texto vigente del
artículo 132° del Reglamento de la LCE, la
aplicación de la mencionada causal de
contratación directa únicamente comprende los
casos en que el proveedor es una persona
natural.
Se ha previsto que la contratación de servicios
vía exoneración por servicios personalísimos,
deberá sustentarse objetivamente en lo
siguiente: a) Especialidad del Proveedor,
relacionada con sus conocimientos
profesionales, artísticos, científicos o
tecnológicos, que permitan sustentar de modo
razonable o indiscutible su adecuación para
satisfacer la complejidad del objeto contractual.
b) Comparación favorable frente a otros
potenciales proveedores, que estén en
capacidad de brindar el servicio. (Pedreschi, P.
2015).
g) Para los servicios de publicidad que prestan
al Estado los medios de comunicación
televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio
de comunicación. Conforme a lo previsto por
el artículo 27°, literal g) de la nueva LCE, dicho
supuesto comprende a los servicios prestados
por los medios de comunicación televisiva,
radial, escrita o cualquier otro medio de
comunicación existente. Lo señalado comporta
un cambio en el tratamiento contemplado en el
ordenamiento actualmente vigente, en la
medida que el artículo 131° del Reglamento
comprende dicho supuesto dentro de la causal
correspondiente al proveedor único de bienes o
servicios que no admiten sustitutos, situación
que no se configura en todos los casos, en
atención a la peculiaridad del servicio y a la
existencia de más de un proveedor en el
mercado nacional que estaría en posibilidad de
realizar dicha prestación.
h) Para los servicios de consultoría, distintos a
las consultorías de obra, que son la continuación
y/o actualización de un trabajo previo ejecutado
por un consultor individual a conformidad de la
Entidad, siempre que este haya sido
seleccionado conforme al procedimiento de
selección individual de consultores. i) Para los
bienes y servicios con fines de investigación,
experimentación o desarrollo de carácter
científico o tecnológico, cuyo resultado
pertenezca exclusivamente a la Entidad para su
utilización en el ejercicio de sus funciones. j)
Para el arrendamiento de bienes inmuebles y la
adquisición de bienes inmuebles existentes. k)
Para los servicios especializados de asesoría
legal para la defensa de funcionarios, servidores
o miembros de las fuerzas armadas y policiales,
a los que se refieren el Decreto Supremo 018-
2002-PCM, el Decreto Supremo 022-2008-DE-
SG y otras normas sobre defensa de
funcionarios, o normas que los sustituyan.
En cuanto a la ejecución presupuestal, es
importante primero comprender lo que es el
Presupuesto público. El presupuesto público,
constituye el Instrumento de gestión del estado
para el logro de resultados a favor de la
población, a través de la presentación de
servicios y logro de metas de cobertura con
eficacia y eficiencia por parte de las entidades.
Es la expresión cuantificada, conjunta y
sistemática de los gastos a atender durante el
año fiscal, por cada una de las entidades que
forman parte del sector público y reflejo los
ingresos que financian dichos gastos. (Sierra,
2005)
Ejecución presupuestaria, comprende el
conjunto de acciones destinadas a la utilización
de los recursos humanos, materiales y
financieros asignados en el presupuesto con el
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propósito de obtener los bienes y servicios en la
cantidad, calidad y oportunidad previstos en el
mismo. La ejecución presupuestaria se realizará
sobre la base de las políticas establecidas por el
Ministerio de economía y finanzas. Comprende
la formulación, seguimiento y evaluación de la
programación de la ejecución física y financiera
presupuestaria, la programación de caja y las
modificaciones al presupuesto. (Meza, 2010)
También se le define a la ejecución presupuestal
como la etapa consistente básicamente en la
efectividad del gasto que vienen a ser el
consumo de los recursos con cargo al
presupuesto anual asignado para los distintos
niveles de la estructura funcional programática
y/o autorizaciones emanadas del poder
ejecutivo, con la finalidad de atender las
necesidades inherentes al desarrollo de las
actividades programada dentro del Plan del
Sector. (Alvarado, 2000)
La ejecución presupuestal se realiza mediante el
calendario de compromiso aprobado trimestral
y mensualmente por el Ministerio de economía
y finanzas como documentos autoritativos para
comprender asignaciones presupuestales en
función a los recursos financieros y las
necesidades para el cumplimiento de las metas
previstas (Alvarado, 2000);
El Presupuesto público; comprende los créditos
presupuestarios máximos correspondientes a
los pliegos presupuestarios del gobierno
Nacional, los gobiernos regionales y los
gobiernos locales, agrupados en Gobierno
Central e instancias descentralizadas, conforme
a la Constitución Política del Perú Las
subvenciones y cuotas internacionales a ser
otorgadas durante los años previa evaluación y
priorización por el ministerio de relaciones
exteriores, se puede modificar el Anexo B,
mediante decreto supremo refrendado por el
ministro de relaciones exteriores, lo que no
comprende la inclusión de cuotas adicionales a
las contempladas en dicho anexo. Las cuotas
internacionales no contempladas en el Anexo B
de la presente Ley se sujetan a lo establecido en
el artículo 67 de la Ley 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
Los Recursos que financian el presupuesto del
sector público da alcance a las disposiciones
contenidas en el presente capítulo son de
obligatorio cumplimiento por las entidades
integrantes de los poderes legislativo, ejecutivo
y judicial; ministerio público; jurado nacional
de elecciones; oficina nacional de procesos
electorales; registro nacional de Identificación y
estado civil; Contraloría general de la república;
consejo nacional de la magistratura; defensoría
del pueblo; tribunal constitucional;
universidades públicas; y demás entidades y
organismos que cuenten con un crédito
presupuestario aprobado en la presente Ley.
Asimismo, son de obligatorio cumplimiento por
los gobiernos regionales y los gobiernos locales
y sus respectivos organismos públicos.
Las acciones administrativas en la ejecución del
gasto público están sujetas a la ejecución de sus
gastos a los créditos presupuestarios
autorizados en la Ley de presupuesto del sector
público, aprobada por el congreso de la
república y modificatorias, en el marco del
artículo 78 de la constitución política del Perú y
el artículo I del Título Preliminar de la Ley
28411. Por lo tanto La ley general del sistema
nacional de presupuesto en el acto
administrativo, o las resoluciones
administrativas que autoricen gastos no son
eficaces si no cuentan con el crédito
presupuestario correspondiente en el
presupuesto institucional o condicionan la
misma a la asignación de mayores créditos
presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad
del titular de la entidad, así como del jefe de la
oficina de presupuesto y del jefe de la oficina de
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administración, o los que hagan sus veces, en el
marco de lo establecido en la Ley 28411, Ley
general del sistema nacional de contrataciones.
El Control del gasto público de las entidades
públicas, y el jefe de la oficina de presupuesto y
el jefe de la oficina de administración, o los que
hagan sus veces en el pliego presupuestario, son
responsables de la debida aplicación de lo
dispuesto en la presente Ley, en el marco del
principio de legalidad, recogido en el artículo
IV del Título Preliminar de la Ley 27444, Ley
del procedimiento administrativo general. La
contraloría general de la república verifica el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley
y las demás disposiciones vinculadas al gasto
público en concordancia con el artículo 82 de la
constitución política del Perú. Asimismo, y bajo
responsabilidad, para el gasto ejecutado
mediante el presupuesto por resultados, debe
verificar su cumplimiento bajo esta estrategia.
El resultado de las acciones efectuadas en
cumplimiento de lo establecido en el presente
numeral, es informado a la comisión de
presupuesto y cuenta general de la república del
congreso de la república, en el más breve plazo.
En la medida en gastos de inversión con el
propósito de asegurar la sostenibilidad de la
ejecución de los proyectos de inversión pública,
dispónese que, durante el año fiscal 2016, las
entidades del gobierno nacional y los gobiernos
regionales sólo podrán efectuar modificaciones
presupuestarias en el nivel funcional
programático con cargo a los recursos de sus
presupuestos institucionales destinados a la
ejecución de proyectos de inversión pública, si
cuentan con el informe previo favorable de la
dirección general de presupuesto público.
Los proyectos de inversión pública con
financiamiento del gobierno nacional
autorízase, en el año fiscal 2016, a las entidades
del gobierno nacional que cuenten con recursos
públicos asignados en su presupuesto
institucional para la ejecución de proyectos de
inversión en los gobiernos regionales o los
gobiernos locales, por la fuente de
financiamiento recursos ordinarios, a aprobar
modificaciones presupuestarias en el nivel
institucional, mediante decreto supremo
refrendado por el ministro de economía y
finanzas y el ministro del sector
correspondiente, a propuesta de este último,
previa suscripción de convenio.
Las transferencias de recursos que se efectúen
en el marco del presente artículo sólo se
autorizan hasta el segundo trimestre del año
2016, debiéndose emitir el decreto supremo
correspondiente dentro del plazo establecido
por el presente numeral. Las propuestas de
decreto supremo correspondientes sólo podrán
ser presentadas al ministerio de economía y
finanzas, hasta el 10 de junio de 2016.
excepcionalmente, en el caso que el proyecto de
inversión pública sea ejecutado por empresas
públicas, los recursos son transferidos
financieramente, mediante decreto supremo
refrendado por el ministro de economía y
finanzas y el ministro del sector
correspondiente, a propuesta de este último, en
cualquier fuente de financiamiento, previa
suscripción de convenio, hasta por el cien por
ciento (100%) del valor total pactado en los
respectivos convenios para ser transferido en el
año fiscal 2016, los cuales se administran en las
cuentas del tesoro público, conforme a lo que
disponga la dirección general de endeudamiento
y tesoro público.
Metodología
Diseño de investigación.
La investigación es de tipo descriptivo y
correlacional causal, según Hernández,
Fernández y Baptista (2010), afirman sobre los
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propósitos de los estudios descriptivos, con
mucha frecuencia, es describir situaciones,
eventos y hechos, es decir cómo es y cómo se
manifiesta determinado fenómeno, asimismo
afirma sobre los estudios correlaciónales
causales, tienen como propósito evaluar la
relación de causalidad entre dos o más
conceptos, categorías o variables. Esta
investigación pretende describir los resultados
encontrados en las dos variables: contratación
directa ejecución presupuestal
Población y muestra
Población
Hernández, Fernández & Baptista, (2010).
Denomina población a la totalidad de
individuos a quienes se generalizarán los
resultados del estudio, que se encuentran
delimitados por características comunes y que
son precisados en el espacio y en el tiempo La
población quedó conformada por el personal
que labora en el Área Presupuestal de las
unidades Ejecutoras de Piura.
Tabla 1 Personal en el Área Presupuestal de
las unidades Ejecutoras de Piura.
Unidad
Ejecutora
Áreas
Total
Abastecimiento
Presupuesto
UNIDAD 1
11
5
16
UNIDAD 2
4
2
6
UNIDAD 3
5
2
7
UNIDAD 4
5
3
8
UNIDAD 5
2
2
4
Total
41
Fuente: Registro de trabajadores de las Áreas de Recursos
Humanos
Muestra
Hernández, Fernández y Batista (2010, pág.
173), sostiene que una muestra es un subgrupo
de la población de interés sobre el cual se
recolectarán datos y que tiene que definirse o
delimitarse con precisión, éste deberá ser
representativo de dicha población debido a que
la población no es muy grande, se realizó el
muestreo censal, por lo tanto, se ha trabajado
con toda la población como muestra; 41
trabajadores que laboran en las Áreas de
Abastecimiento y Presupuesto
Técnicas e instrumentos de recolección de
datos, validez y confiabilidad
Técnicas:
La técnica que se utilizo es la “Encuesta”, el
cual es un procedimiento que se aplica a una
muestra de sujetos representativa de un
colectivo más amplio, utilizando
procedimientos estandarizados de interrogación
con intención de obtener mediciones
cuantitativas de una gran variedad de
características objetivas y subjetivas de la
población. (Hernández, Fernández & Baptista,
2010).
Instrumento.
El instrumento que se utilizó fue el cuestionario,
el cual se define como un conjunto de preguntas
estructuradas y enfocadas que se pueden
contestar con lapicero o lápiz; esto permiten
ahorrar tiempo, porque permiten a los
individuos llenarlos sin ayuda ni intervención
directa del investigador. (Salkind, 1998 p. 149)
Se tuvo la necesidad de elaborar dos
cuestionarios; el primero recogió la información
de la variable Contratación directa, este quedo
conformado por 17 ítems distribuidos en 10
ítems para las dimensiones eficiencia y 7 ítems
para la dimensión condiciones para su empleo,
la escala utilizada fue dicotómica para la
dimensión eficiencia y likert para la dimensión
condiciones para su empleo
Para la variable Ejecución presupuestal se ha
construido un cuestionario de 15 ítems; de los
cuales 5 ítems fueron para la dimensión
procedimientos para la ejecución, 5 ítems
fueron para la dimensión control y 5 ítems
fueron para la dimensión evaluación, la escala
utilizada fue dicotómica.
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Validez y confiabilidad.
La validez es el grado con el que
verdaderamente mide lo que pretende medir,
proporciona una comprobación directa de que
tan bien cumple una prueba su función.
(Anastasi, 1998). En el presente estudio los
instrumentos fueron sometidos a procesos de
validez, para lo cual se ha utilizado la técnica de
juicio de experto, el cual dio su conformidad
después de realizar sugerencias al cuestionario;
por lo tanto, los dos instrumentos fueron válidos
para ser aplicados a la muestra seleccionada.
Según Hernández, Fernández & Batista, (2010).
Se entiende por confiabilidad al grado en el que
la aplicación repetida de un instrumento de
medición al mismo femeno genera resultados
similares. Chávez (2001) Considera que la
confiabilidad se realiza para determinar la
exactitud de los resultados obtenidos al ser
aplicados en situaciones parecidas. En el caso
de la confiabilidad, antes de ser aplicado el
cuestionario se realizó prueba piloto a 10
personas con similares características de la
población, los datos obtenidos fueron
procesados a través de la prueba de consistencia
interna Alfa de Crombach y Richard Kuderman;
obteniendo los siguientes resultados:
Cuestionario de contratación directa:
Dimensión eficacia: Prueba Richard
Kuderman de ,820 y la dimensión
condiciones para su utilización obtuvo un
Alfa de, 810,
Cuestionario Ejecución presupuestal: Alfa
de Crombach de ,760
Métodos de análisis de datos
Los datos se recolectaron siguiendo los
parámetros formales de cada instrumento. Para
el procesamiento y el análisis de datos se utilizó
el paquete estadístico, SPSS v. 20, y para la
comprobación de la hipótesis se usó la prueba
paramétrica de correlación de Pearson y el
coeficiente de determinación para evaluar la
influencia.
Aspectos éticos
El estudio respeto el derecho de los
informantes, para ello usó el formato de
consentimiento informado; con el cual los
participantes dieron su autorización para su
participación; asimismo se aplicó el principio
de confidencialidad manteniendo las respuestas
solo para uso exclusivo de sus análisis en la
investigación y se utilizó el consentimiento
informado para cada uno de las personas que
participan en la investigación.
Resultados
Objetivo general:
Determinar la influencia de la contratación
directa en la ejecución presupuestal de las
unidades ejecutoras de Piura en el Ejercicio
Fiscal 2016.
Tabla 2 Contratación Directa y su influencia en la
ejecución del presupuesto de las Unidades Ejecutoras
de Piura.
Ejecución presupuestal
Adecuada
Regular
Inadecuada
Total
N
%
N
%
N
%
N
%
9
21.9
6
14.6
0
0.0
15
36.6
6
14.6
15
36.5
3
7.3
25
60.9
0
0.0
0
0.0
1
2.4
1
2.4
16
39.0
21
51.2
4
4.9
41
100
Fuente: Instrumentos de Contratación directa y ejecución
presupuesta aplicado los trabajadores de las unidades ejecutoras
de Piura
Los resultados que se muestran en la tabla N° 2,
respecto a la Contratación Directa y su
influencia en la ejecución del presupuesto de las
Unidades Ejecutoras de Piura, dan cuenta que el
60,9% de los trabajadores consideran que la
contratación directa ocurre en las unidades
ejecutoras de manera regular; situación que
conlleva a una regular 36,5% ejecución
presupuestal; asimismo aquellos trabajadores
que consideran como que la contratación directa
ocurre de manera alta 36,6% igualmente
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manifiestan que la ejecución presupuestal es
adecuada 21.9%.
Tabla 3 Ejecución presupuestal de las Unidades
Ejecutoras de Piura.
Dimensiones
Niveles
Adecuada
Regular
Inadecuada
Total
N
%
N
%
N
%
N
%
Procedimiento
para la
ejecución
20
48.7
15
36.5
6
14.6
41
100
Control
13
31.7
27
65.8
1
2.4
41
100
Evaluación
15
36.5
22
53.6
4
9.7
41
100
Ejecución
presupuestal
16
39.0
21
51.2
4
9.7
41
100
Fuente: Instrumentos de ejecución presupuesta aplicado los
trabajadores de las unidades ejecutoras de Piura
Según los resultados mostrados en la tabla
03 sobre la Ejecución presupuestal, se observa
que de manera general es evaluado como
regular por un 51,2% (21) trabajadores, en
cuanto a sus dimensiones evaluadas el 48.7%
considera que son adecuados los
procedimientos que se realizan para su
ejecución, el 65.8% señala que es regular el
control que se realiza y el 53,6% manifiesta que
es regular la evaluación que se hace al gasto.
Tabla 4 Contratación Directa en las Unidades
Ejecutoras de Piura.
Dimensiones
Niveles
Alta
Regular
Baja
Total
N
%
N
%
N
%
N
%
Eficiencia
18
43.9
22
53.6
1
2.4
41
100
Condiciones para
su utilización
12
29.2
29
70.7
0
0.0
41
100
Contratación
directa
15
36.6
25
60.9
1
2.4
41
100
Fuente: Instrumentos de Contratación directa aplicado los
trabajadores de las unidades ejecutoras de Piura
Según los resultados mostrados en la tabla
04 sobre la Contratación directa, se observa que
de manera general es evaluado como regular por
un 60.9% (25) trabajadores, en cuanto a sus
dimensiones evaluadas el 53.6% considera que
se la eficiencia en el proceso es regular y el
70.7% señala que de manera regular se
consideran las condiciones para su utilización
Tabla 5 Contratación Directa en su dimensión
eficiencia y la ejecución presupuestal de en las
Unidades Ejecutoras de Piura.
Contratación
directa
eficiente
Ejecución presupuestal
Adecuada
Regular
Inadecuada
Total
N
%
N
%
N
%
N
%
Alta
14
34.1
4
9.7
0
0.0
18
43.9
Regular
2
4.8
16
39.0
4
9.7
22
53.6
Baja
0
0.0
1
2.4
0
0.0
1
2.4
Total
16
39.0
21
51.2
4
4.9
41
100
Fuente: Instrumentos de Contratación directa y ejecución
presupuesta aplicado los trabajadores de las unidades ejecutoras
de Piura
En la tabla 05, se presenta a tabla cruzada
respecto a la dimensión eficiencia de la
contratación directa y la ejecución presupuestal,
como podemos observar el 53.6% de los
encuestados consideran que la contratación
directa tiene una eficiencia regular,
produciéndose una regular ejecución
presupuestal según el 39% de los encuestados y
los que consideran que hay una alta eficiencia
en las contracciones directas 43,9% tienen una
percepción adecuada de la ejecución
presupuestal.
Tabla 6 Contratación Directa en su dimensión
condiciones para su utilización y la Ejecución del
presupuesto de en las Unidades Ejecutoras de Piura.
Contratación
directa y las
condiciones
para su
ejecución
Ejecución presupuestal
Adecuada
Regular
Inadecuada
Total
N
%
N
%
N
%
N
%
Alta
10
24.3
2
4.9
0
0.0
12
29.2
Regular
6
14.7
19
46.3
4
9.7
29
70.7
Baja
0
0.0
0
0.0
0
0.0
0
0.0
Total
16
39.0
21
51.2
4
4.9
41
100
Fuente: Instrumentos de Contratación directa y ejecución
presupuesta aplicado los trabajadores de las unidades ejecutoras
de Piura
En la tabla 06, se presenta a tabla cruzada
respecto a la dimensión condiciones para la
utilización de la contratación directa y la
ejecución presupuestal, como podemos
observar el 70.7% de los encuestados
consideran que las condiciones son regulares;
este grupo tienen una percepción regular en la
ejecución presupuestal y los que consideran que
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hay una altas condiciones para llevar a cabo las
contrataciones directas son el 29.2%, de los
cuales el 24.3% tienen una percepción adecuada
de la ejecución presupuestal
Comprobación de Hipótesis
Tabla 7 Influencia de la contratación directa en su
dimensión eficacia en la ejecución presupuestal de las
Unidades Ejecutoras de Piura.
Ejecución presupuestal
Eficacia de
la
contratación
directa
Rho
0,714**
Sig
0.001
0.509
** prueba altamente significativa al nivel (p=0,001)
La tabla 7 muestra que entre la dimensión
eficacia de la contratación directa y la ejecución
del presupuesto en las Unidades Ejecutoras
existe una relación altamente significativa, alta
y positiva ya que se obtuvo valores de rho=
0,714 y P= 0,001, en cuanto a R2 el valor
alcanzado (0.509) señala que los niveles de
eficacia en la contratación directa influyen en
un 50% en la ejecución presupuestal de las
Unidades Ejecutoras de Piura; estos resultados
permiten aceptar la hipótesis específica y
rechazar la nula
Tabla 8 Influencia de la contratación directa en su
dimensión condiciones para su utilización en la
ejecución presupuestal de las Unidades Ejecutoras de
Piura.
Ejecución presupuestal
Condiciones
para la
utilización
Rho
0.890**
Sig
0.000
0.792
** prueba altamente significativa al nivel (p=0,001)
La tabla 8 muestra que entre la dimensión
condiciones para la utilización de la
contratación directa y la ejecución del
presupuesto en las Unidades Ejecutoras existe
una relación altamente significativa, alta y
positiva ya que se obtuvo valores de rho= 0,890
y P= 0,000, en cuanto a R2 el valor alcanzado
(0.792) señala que los niveles de condiciones
para la utilización de la contratación directa
influye en un 79% en la ejecución presupuestal
de las Unidades Ejecutoras de Piura; estos
resultados permiten aceptar la hipótesis
específica y rechazar la nula.
Tabla 9 Influencia de la contratación directa en la
ejecución presupuestal de las Unidades Ejecutoras de
Piura.
Ejecución presupuestal
Contratación
directa
Rho
0.820**
Sig
0.002
0.672
** prueba altamente significativa al nivel (p=0,001)
La tabla 9 muestra que entre la contratación
directa y la ejecución del presupuesto en las
Unidades Ejecutoras existe una relación
altamente significativa, alta y positiva ya que se
obtuvo valores de rho= 0,820 y P= 0,002, entre
las dos variables valuadas, en cuanto a R2 el
valor alcanzado (0.672) señala que los niveles
de contratación directa influye en un 67% en la
ejecución presupuestal de las Unidades
Ejecutoras de Piura; estos resultados permiten
aceptar la hipótesis general formulada y
rechazar la nula.
Discusión
La Evaluación de la Ejecución presupuestaria
constituye la medición de los resultados de la
gestión del sector público en nuestra realidad
pues constituye una herramienta que le permite
a la entidad pública cumplir con la producción
de bienes y servicios para la satisfacción de las
necesidades de la población. (Paredes, 2006, p
37)
Según el objetivo general: Determinar la
influencia de la contratación directa en la
ejecución presupuestal de las unidades
ejecutoras de Piura en el Ejercicio Fiscal se
evidencian los resultados respecto a la
Contratación Directa y su influencia en la
ejecución del presupuesto dan cuenta que el
60,9% de los trabajadores consideran que la
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contratación directa ocurre en las unidades
ejecutoras de manera regular; situación que
conlleva a una regular 36,5% ejecución
presupuestal; asimismo aquellos trabajadores
que consideran como que la contratación directa
ocurre de manera alta 36,6% igualmente
manifiestan que la ejecución presupuestal es
adecuada 21.9%. Estos resultados coinciden
con la investigación de Gómez, C (2010),
elabora la investigación: “El presupuesto
público en la gestión presupuesta eficiente de
los municipios”. Colombia. La gestión
presupuesta no está asociada a la realidad de sus
comunidades, el 75% de las personas encuestas
consideran que no existe un análisis real de las
demandas sociales por lo tanto no se
solucionad. En cuanto a la satisfacción del
usuario, el 80% de ellos reflejan insatisfacción
por no cumplir con lo estipulado en las
reuniones con las comunidades. Así mismo se
evidencia que la contratación directa y la
ejecución del presupuesto en las Unidades
Ejecutoras existe una relación altamente
significativa positiva ya que se obtuvo valores
de rho= 0,820 y P= 0,002, entre las dos
variables evaluadas, en cuanto a R (regresión
lineal) el valor alcanzado (0.672) señala que los
niveles regulares de contratación directa
influyen en un 67% estos resultados permiten
aceptar la hipótesis general formulada y
rechazar la nula. Por su parte el Ministerio de
Finanzas Públicas lo define así: “El presupuesto
público es el límite de gastos que una entidad
puede realizar durante un año, de acuerdo a los
ingresos que espera recibir, y debe ser la
expresión financiera de los programas y
proyectos que ejecutará para alcanzar los
objetivos del plan de gobierno. El presupuesto
público permite estimar los recursos con que se
contará y distribuirlos de acuerdo a las
prioridades de gobierno, entre las distintas
instituciones.
Respecto al primer objetivo: Identificar el nivel
de la ejecución presupuestal de las unidades las
unidades ejecutoras de Piura en el Ejercicio
Fiscal, los resultados estadísticos encontrados
dan cuenta que los trabajadores tienen una
percepción regular 51.2% de cómo se vienen
dando la Ejecución presupuestal, es decir se
considera que los procedimientos para su
ejecución, el control y evaluación del
presupuesto no siempre se da como se espera y
como lo señala la ley, como podemos observar
la ejecución presupuestal se va dando de manera
regular, situación que también se evidencia en
la Ejecución de gastos según el portal del
Ministerio de Economía y Finanzas al 31 de
octubre del 2016, el promedio de gastos en las
Unidades Ejecutoras de Piura es de 65,8%,
siendo las Unidades del Ministerio Público y
Poder Judicial con mejores porcentajes de
gastos entre 81.1% y 78.5% respectivamente, la
Unidad Ejecutora que menos avance ha tenido
es la Universidad Nacional la Frontera que hasta
la fecha reporta un 44.3% de avance. Es
importante de indicar que debe haber una mejor
distribución y control del gasto público de las
entidades públicas, recae esta responsabilidad
del jefe de la Oficina de Presupuesto y el jefe de
la Oficina de Administración, o los que hagan
sus veces en el pliego presupuestario, son
responsables de la debida aplicación de lo
dispuesto en la presente Ley, en el marco del
principio de legalidad, recogido en el artículo
IV del Título Preliminar de la Ley 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General.
Resultados similares encontró Guerrero, M y
Heras, S (2013) en su estudio sobre “Análisis de
la ejecución presupuestaria, en el gobierno
autónomo descentralizado de la parroquia de
San Joaquín en el período 2012”; quien
concluye que en el análisis realizado de los
ingreso y gastos devengados con respecto a la
asignación inicial se concluye que existen
reformas presupuestarias que incrementan su
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presupuesto y que son innecesarias, puesto que
no se logra ejecutar ni la asignación inicial.
Según el objetivo 02 Describir el nivel de
contratación directa en las unidades ejecutoras
de Piura en el Ejercicio Fiscal se observa que de
manera general es evaluado como regular por
un 60.9% (25) trabajadores, en cuanto a sus
dimensiones evaluadas el 53.6% considera que
se la eficiencia en el proceso es regular y el
70.7% señala que de manera se consideran las
condiciones para su utilización esto nos indica
que en la medida que se cumplan de manera
regular las condiciones para su aplicación va a
generar una influencia en la ejecución del gasto
presupuestado por las entidades; como se ha
señalado por lo general la mayoría de las
unidades ejecutoras suelen usarla más para
compra corporativas, servicios de consultoría y
por desabastecimiento; estas modalidades son
las que más son utilizadas pero de manera
regular generándose una influencia importante
en la ejecución del presupuesto; una de las
trabas para su cumplimiento es la burocracia
existen en las instituciones y los procedimientos
que son muy engorrosos generando demoras en
los procesos, que si bien no siguen el conducto
regular igualmente tienen que cumplir con los
procesos de contratación. La investigación
realizada por Gómez, C (2011), sobre “El
presupuesto público en la gestión presupuesta
eficiente de los municipios”. Colombia; nos da
cuenta que no se cumple con generar el gasto
programado y que los gastos que se han
efectuado no cumplen con las expectativas de la
sociedad; asimismo se evidencia que hay
dificultades fundamentalmente resistencia al
cambio en los trabajadores, por otro lado, no se
definen claramente los objetivos y los resultaos
esperados al interior de las comunas. La gestión
presupuesta no está asociada a la realidad de sus
comunidades, el 75% de las personas encuestas
consideran que no existe un análisis real de las
demandas sociales por lo tanto no se
solucionad. Por su parte Martín (2005), la
define a la contratación directa como “el
procedimiento de contratación que, por la
naturaleza de la negociación que conlleva, deba
efectuarse sin la concurrencia de los requisitos
señalados para la licitación o propuesta pública
y para la privada.” (p. 489).
En relación al tercer objetivo:, Establecer la
influencia de contratación directa en su
dimensión eficiencia en la ejecución
presupuestal las unidades ejecutoras de Piura en
el Ejercicio, los resultados encontrados se
observa respecto a la dimensión eficiencia de la
contratación directa y la ejecución presupuestal,
como podemos observar el 53.6% de los
encuestados consideran que la contratación
directa tiene una eficiencia regular,
produciéndose una regular ejecución
presupuestal según el 39% de los encuestados y
los que consideran que hay una alta eficiencia
en las contracciones directas 43,9% tienen una
percepción adecuada de la ejecución
presupuestal. Por otro lado, existe una relación
altamente significativa, alta y positiva ya que se
obtuvo valores de rho= 0,714 y P= 0,001, en
cuanto a R (regresión lineal) el valor alcanzado
(0.509) señala que los niveles regulares de
eficacia en la contratación directa influyen en
un 50% en la ejecución presupuestal de las
Unidades Ejecutoras de Piura; estos resultados
permiten aceptar la hipótesis específica y
rechazar la nula. Por su parte la ley de
contratación directa refiere que hay un
reglamento de la Ley, donde utiliza la
ampliación de las UIT y se lleven a cabo de
manera transparente, va a permitir mejorar la
ejecución del presupuesto en las Unidades
Ejecutoras evidenciándose en el logro de las
metas presupuestales dentro de las instituciones
públicas. Si bien las instituciones pueden hacer
uso de esta modalidad que les permite contratar
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sin seguir todo el procedimiento de una
licitación que muchas veces es muy engorrosa,
se deben establecer los mecanismos eficaces
para que se cumpla su aplicación según lo
indica la Ley. Esto se relaciona con la
investigación de Guerrero, M y Heras, S (2013)
se elabora la investigación “Análisis de la
ejecución presupuestaria, en el gobierno
autónomo descentralizado de la parroquia de
San Joaquín en el período 2012”. Ecuador.
Quien concluye en el análisis realizado de los
ingreso y gastos devengados con respecto a la
asignación inicial se concluye que existen
reformas presupuestarias que incrementan su
presupuesto y que son innecesarias, puesto que
no se logra ejecutar ni la asignación inicial. Es
importante considerar que dentro de los
gobiernos parroquiales su medida de eficiencia
y eficacia se ven reflejadas en las obras
públicas, las mismas que no se ejecutan como
se programan. Es importante hacer un
seguimiento para proveer o gestionar a tiempo
los recursos para el cumplimento de estas obras.
En relación al cuarto objetivo Establecer la
influencia de la contratación directa en su
dimensión condiciones para su utilización en la
ejecución presupuestal de las unidades
ejecutoras de Piura en el Ejercicio Fiscal como
se puede observar el 70.7% de los encuestados
consideran que las condiciones son regulares;
este grupo tienen una percepción regular en la
ejecución presupuestal y los que consideran que
hay una altas condiciones para llevar a cabo las
contrataciones directas son el 29.2%, de los
cuales el 24.3% tienen una percepción adecuada
de la ejecución presupuestal. Por otro lado,
existe una relación altamente significativa, alta
y positiva ya que se obtuvo valores de rho=
0,890 y P= 0,000, en cuanto a R (regresión
lineal) el valor alcanzado (0.792) señala que los
niveles regulares de condiciones para la
utilización de la contratación directa influyen en
un 79% en la ejecución presupuestal de las
Unidades Ejecutoras de Piura; estos resultados
permiten aceptar la hipótesis específica y
rechazar la nula. Diferentes resultados se
evidenciaron en la investigación de Santa Cruz,
F (2012) se elabora la investigación
“Evaluación de la ejecución presupuestal y su
incidencia en el control interno de la
municipalidad de San Roque de Cumbaza,
periodo 2011” Perú Se llega a la conclusión el
procedimiento de avaluación de la ejecución
presupuestal es favorable presentándose
algunas debilidades en la ejecución
presupuestal, debido a las unidades
administrativas solicitaron más de tres traspasos
por cada cuenta durante el periodo 2011
Conclusiones
La influencia de la contratación directa en la
ejecución presupuestal de las unidades
ejecutoras de Piura el 60,9% de los trabajadores
consideran que la contratación directa ocurre de
manera regular; y su relación es altamente
significativa positiva ya que se obtuvo valores
de rho= 0,820 y P= 0,002, entre las dos
variables evaluadas, en cuanto a R (regresión
lineal) el valor alcanzado (0.672).
El nivel de la ejecución presupuestal de las
unidades las unidades ejecutoras de Piura en el
Ejercicio Fiscal, tienen una percepción regular
51.2%.
El Nivel de contratación directa en las unidades
ejecutoras de Piura evaluado como regular por
un 60.9% (25).
La influencia de contratación directa en su
dimensión eficiencia en la ejecución
presupuestal las unidades ejecutoras de Piura el
53.6% tiene una eficiencia regular, así mismo
existe una relación altamente significativa, alta
y positiva con valores de rho= 0,714 y P= 0,001,
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en cuanto a R2 (regresión lineal) el valor
alcanzado (0.509).
La influencia de la contratación directa en su
dimensión condiciones para su utilización en la
ejecución presupuestal de las unidades
ejecutoras de Piura el 70.7% de los encuestados
consideran que las condiciones son regulares así
mismo existe una relación altamente
significativa, alta y con valores de rho= 0,890 y
P= 0,000, en cuanto a R2 (regresión lineal) el
valor alcanzado (0.792).
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