Ciencia y Educación
(L-ISSN: 2790-8402 E-ISSN: 2707-3378)
Vol. 3 No. 10
Octubre del 2022
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LA EDUCACIÓN JURÍDICA DESDE UNA PERSPECTIVA DE LAS NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES.
LEGAL EDUCATION FROM A PERSPECTIVE OF SPECIAL EDUCATIONAL NEEDS.
Autor: Jorge Luis Rodríguez Silveira.
ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-7652-675X
E-mail de contacto: jlrodríguez@udg.co.cu
Afiliacion: Universidad de Gramna (Cuba)
Articulo recibido: 15 de Septiembre del 2022
Articulo revisado: 22 de Septiembrel del 2022
Articulo aprobado: 30 de Octubre del 2022
Profesor Auxiliar de Educación Musical de la Universidad de Granma (Cuba).
Resumen
La educación jurídica inmersa en los sistemas
políticos de cualquier nación requieres de
transformaciones que se correspondan con el
contexto social para la conservación de la
identidad nacional y un ordenamiento jurídico
justo y equitativo, en el que interviene la
comunidad universitaria como institución
formadora de la nueva generación de
profesionales, y donde se sistematice la
modelando de una educación jurídica que
favorezca el desarrollo integral de los dicentes
de pregrado para la labor con las Necesidades
Educativas Especiales, por la vulnerabilidad de
estos niños y niñas, en los que se establecen los
procesos sustantivos que causan preocupación
al autor y lo motivan a hurgar en los
antecedentes de los estudios jurídico diseñados
para la protección de personas discapacitadas.
Palabras clave: Educación jurídica,
necesidades educativas especiales, y
personas discapacitadas.
Abstract
Legal education immersed in the political
systems of any nation requires transformations
that correspond to the social context for the
preservation of national identity and a fair and
equitable legal system, in which the university
community intervenes as a training institution
for the new generation. of professionals, and
where the modeling of a legal education that
favors the integral development of
undergraduate students for work with Special
Educational Needs is systematized, due to the
vulnerability of these boys and girls, in which
the substantive processes that they cause
concern to the author and motivate him to delve
into the background of legal studies designed
for the protection of disabled people.
Keywords: Legal education, special
educational needs, and disabled people.
Sumário
O ensino jurídico imerso nos sistemas políticos
de qualquer nação requer transformações que
correspondam ao contexto social para a
preservação da identidade nacional e um
ordenamento jurídico justo e equitativo, no qual
a comunidade universitária intervenha como
instituição formadora da nova geração de
profissionais, e onde se sistematiza a
modelagem de um ensino jurídico que favoreça
o desenvolvimento integral dos graduandos
para o trabalho com Necessidades Educativas
Especiais, em razão da vulnerabilidade desses
meninos e meninas, em que os processos
substantivos que eles causam preocupam e
motivam o autor aprofundar-se nos estudos
jurídicos voltados para a proteção das pessoas
com deficiência.
Palavras-chave: Ensino jurídico,
necessidades educativas especiais e pessoas
com deficiência.
Introducción
La Educación Jurídica a nivel Internacional,
juego un papel protagónico, pues en la amplia
gama de cuerpos legales y así patentizan los
principios en la Asambleas de Convención
Sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad en su Carta de las Naciones
Unidas, proclamando que la libertad, la justicia
y la paz en el mundo, tienen por base el
reconocimiento de la dignidad y el valor
inherentes y de los derechos iguales e
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inalienables de todos los miembros de la familia
humana, y de igual manera estos preceptos de
ratifican en la Asamblea General de la ONU
adoptó la Declaración de los Derechos del Niño,
en el Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia (UNICEF), la Comisión de Derechos
Humanos de la ONU, en fin, son diversas las
organizaciones internacionales legislativa que
se proyectan por extender una educación
jurídica para el bien de la humanidad.
En Cuba se sustenta a partir del conjunto de
actuaciones de la educación como proceso
institucionalizado, y herramienta de la justicia y
normativas para el comportamiento en
sociedad, tiene como objetivo de primer orden
el perfeccionamiento incesante de profesionales
comprometidos y competentes, equipados de
potencialidades, inteligencias y capacidades
que le permiten materializar los referentes de la
Carta Magna de la República y sus leyes
accesorias y complementarias a tono con el
contexto actual y el avance progresivo hacia los
fundamentos jurídicos, lo que favorecerá la
producción de valores culturales, económicos y
sociales de la nación cubana en correspondencia
con la política instituida por el Estado Socialista
cubano.
Es una tarea inherente a las universidades; la
formación de pregrado de las distintas carreras;
y para ello es preciso involucrar a las
instituciones del Ministerio de Educación del
territorio para que funcionen como entidad
laboral de base (ELB), donde el profesional en
formación de las distintas carreras, desarrolle la
actividad profesional pedagógica (APP) en el
contexto laboral en el cual éste desarrolle las
bases del futuro desempeño del profesional,
sistematizando las experiencias en el
aprendizaje de su actividad como profesional
competente comprometido con la tarea de
educar con integralidad. En este contexto en el
que se desarrollan y potencian los
conocimientos jurídicos, se promueven las
actitudes y aptitudes del futuro profesional para
llevar a cabo su labor educativa con los niños,
niñas y adolescentes con Necesidades
Educativas Especiales en su preparación para la
vida social, y el desarrollo de una cultura
jurídica y ciudadana, que les permita manifestar
sus deberes, derechos y valores, los que le dan
un lugar en la inclusión social. Que siendo así,
este proceso, va a ser formador del carácter
moral, de respeto y del cumplimiento a las
normas de convivencia.
Así las cosas, y en consecuencia a estas
carencias demanda precisar a un nivel superior
la relación entre educación y comunidad
universitaria ya que en la misma se asocian los
procesos formativos como expresión de dicha
relación, lo que indica que la clave de esta
relación jurídico-educativa está en el
perfeccionamiento del modo de actuación
profesional en formación, capaz de
interaccionaren el contexto, a través de
actividades docentes y extradocentes vinculada
a los componentes jurídicos.
Desarrollo
Antes de hablar de la Educación Especial y la
Educación Jurídica cual obedece a la
competencia profesional del educador, se debe
primeramente retornar a las sociedades antiguas
donde, según estudios, en ellas predominaba el
modelo demonológico el que planteaba un
comportamiento anómalo explicando que este
fenómeno se daba en personas que estaban
poseída por un ser endemoniado, un espíritu. Ya
un poco más adelante tiene otra explicación
desde el punto biológico.
La Educación Especial en el siglo XIX, aún no
se consideraba entidad de conocimientos
pedagógico-didácticos encargado de las
personas con alguna deficiencia físico-motora o
psíquica, pues, en períodos anteriores a estas
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personas con algún tipo de anomalías se les
daba eutanasia.
Ahora bien, el modelo demonológico, según
estudios, manifestaba un comportamiento
anómalo, concepto que no se diferenciaba del
trastorno ya estudiados por investigadores en la
historia de los procedimientos terapéuticos.
Estas definiciones fueron utilizadas como
términos “acientífico”, porque no poseían una
lógica ni una proyección metodológica e
investigativa dentro de los parámetros
científicos.
Surge entonces, el modelo biológico que
defendía como causa de este comportamiento
anómalo el desequilibrio biológico del
organismo en la naturaleza del ser humano. Es
aquí el comienzo de la “medicina teórica” en la
que aparecen personas con formación médica e
interés de ofrecer una educación a aquellas
personas con algunas deficiencias físico-
motoras o psicológicas. Este modelo según
Baena Jiménez (2008), cuando aparece en el
Renacimiento, es que comienza a desarrollarse
y toma ímpetu en la sociedad.
Cuando finaliza el Renacimiento en la Edad
Media, surge el periodo de oscurantismo
psiquiátrico, retomando nuevamente el modelo
demonológico, obstaculizando la labor de las
ciencias médicas y destacando los esfuerzos de
la religión.
En este período la educación desarrolló un papel
protagónico muy importante a favor de los
derechos humanos, pero esto trajo algunas
consecuencias escabrosas y controversiales,
como el elevado crecimiento de abandono de
niños. Para estos entonces, aunque no se
manejaban terminologías referentes a una
educación jurídica, en 1974 en la Edad Media,
ya existían cuerpos legales que consideraban el
infanticidio como asesinato y era penalizado, y
su repercusión provocó el abandono de niños o
que se fingiera la muerte natural de ellos.
Es así que la Iglesia intervino brindando su
caridad a estas personas, creando las primeras
instituciones de beneficencia para acoger a los
niños o personas que sufrieran abandonadas,
pero, las pretensiones de las mismas era dar
asistencia de salud, pero en sus inicios no daba
solución educativa a estas personas, lo que no
dejaba de ser ya un adelanto social y humano
para con estos niños, pero, esto no incluía a los
niños que presentaban problemas físicos y
especialmente cuando se trata de enfermos
mentales.
La medicina comienza manifestándose en
interés por caracterizar y valorar a los enfermos
mentales, aun y cuando no se tenía concebido
un tratamiento para ellos. Es aquí que aparece
el naturalismo psiquiátrico, donde se intenta
explicar desde su punto de vista las deficiencias
dígase físicas o mentales.
Aparece definitivamente la Educación Especial
en el siglo XX concibiendo la atención al
deficiente en rminos asistenciales y al mismo
tiempo, como un proceso educativo, donde
asume el protagonismo el médico con el modelo
teórico y terapéutico. Comienza aquí el trabajo
de las primeras instituciones implementándose
la enseñanza y atención a aquellos niños con
deficiencias sensoriales, retraso mental y otras
discapacidades, que irían en desarrollo,
favoreciendo la inserción educativa de estas
personas. Entre los precursores de la Educación
Especial de esta caritativa voluntad se
encontraban:
Itard (1774 1826) realizó un estudio sobre
la educación de Víctor, un niño salvaje que
encuentra, desarrollando con él actividades
para el desarrollo de las funciones
sensoriales, intelectuales y afectivas. Fue el
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primero en desvincularse de un modelo de
intervención médico patológica y abrió la
posibilidad de un tratamiento médico
pedagógico. Con Seguin llegará a plantear
la necesidad de escolarizar a todas estas
personas dado que los deficientes pueden
aprender y mejorar en sus capacidades,
mejorando a su vez su estado.
Seguin (1812 1880) Explicita las
posibilidades del método utilizado por Itard
en la enseñanza en general, no solo en la de
Víctor. Supera el sentido médico y
asistencial de las instituciones de ese
tiempo y va más allá, poniendo de
manifiesto la necesidad de implantar
metodologías de su tiempo. Apoyándose en
las ideas de Itard comienza a subrayar el
papel de la escuela como principal agente
capaz de generar cambios en los
deficientes.
En el siglo XX concebido por los relevantes
adelantos y transformaciones que se produjeron
con el surgimiento de la pedagogía terapéutica,
encargada de la atención educativa de las
personas deficientes e incluso de las normales
estableciéndose que fuera de forma obligatoria.
Existieron algunas transformaciones en la
década del 40, donde la educación especial se
desvinculaba de la medicina dependiendo
entonces directamente de la psicometría,
teniendo como preocupante principal optimizar
la labor educativa interiormente en los espacios
especiales, como un subsistema educativo
vigorosamente especializado y con diferencia
del general, un sistema educativo especial. Este
sistema en los años 40 y 50, finales de la
Segunda Guerra Mundial fortaleció el trabajo
de las instituciones del sistema especial y
comenzó a separarse gradualmente de la
educación general. Con estos cambios nace la
normalización convirtiéndose en los cimientos
de la integración, como cuerpo polisémico con
sus controversias interpretativas según (Parrilla,
1992.)
Según Milicic N y López de Lérida, S (2003).
Uno de los conceptos que ha tenido un
importante valor para promover la inclusión de
las personas con discapacidad en los contextos
regulares, ha sido el principio de normalización,
que el concepto de normalización fue
promulgado en primera instancia, por el danés
Hankk Milkkelsen. La esencia de este concepto
era la igualdad que finalmente sería sin lugar a
duda, la ideología que estaba por debajo de la
educación inclusiva. Hay que aclarar que la
normalización, parte de darle a las personas
discapacitadas, los mismos derechos y
oportunidades que a cualquier ciudadano
normal. p. 147
En su artículo Milicic N y López de Lérida, S
(2003), manifiestan niveles de integración:
física, funcional, social e integración a la
comunidad, considerando este último paso, la
integración de las personas con discapacidad a
la sociedad en iguales de condiciones, derechos
y similares obligaciones que los demás
ciudadanos. p.148
Como se puede observar no se refieren
elementos que puntualicen la formación de un
contexto jurídico, pero en su interior, cada
proceso que se desarrolle indiscutiblemente
lleva un conjunto de normas y resoluciones para
su implementación, por tanto, el componente
jurídico está implícito en sus articulaciones.
Decía Companioni Albrisa (2018), “la
educación jurídica es mucho más que enseñar a
obedecer, significa más que aprender a
obedecer: se trata de educar a participar,
conscientemente, en el acto de conformación de
las leyes, a cuestionar aquellas que padezcan de
defectos o vacíos”.
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Por otro lado, Magendzo (2002) alega que un
ciudadano educado jurídicamente es alguien
con la capacidad de defender y exigir el
cumplimiento de sus derechos y el de los demás
con argumentos fundamentados e informados,
capaz de fundar sus juicios asumiendo una
postura crítica y flexible, que puede conferirle
sentido y valor a su existencia y no vivir de
juicios ajenos. Es alguien que se sitúa y siente
ciudadano en su sociedad, comprometido con el
bien común. Hace uso del poder de la palabra
mediante la persuasión y no el sometimiento, en
lo académico y socioemocional, lo que
favorecería las interacciones sociales de los
niños, elevar la aceptación social entre ellos y al
mismo tiempo permitiría cambiar
favorablemente el comportamiento de estos
niños.
Y por último en este período existe lo Sectorial,
y luego se sectoriza la integración Institucional
la que parte de dos supuestos que lo definen: por
un lado, supone la fusión de la educación
general y la educación especial, y por el otro la
implicación institucional del centro y del
entorno en el proceso. Entonces se ratifica que
se necesitaba inherentemente llevar el
componente normativo, es decir una estrategia
metodológica y jurídica para implementar todas
las transformaciones.
Si se habla de inserción, de hecho, se está
haciendo referencia a la inclusión educativa, y
al respecto se conoce que, la inclusión
educativa, se proclamó como derecho universal
en la Declaración de los Derechos Humanos el
10 de diciembre de 1948 en París, en la
Asamblea General de las Naciones Unidas,
siendo considerada como objeto del pleno
desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto de la dignidad
Con la educación inclusiva, se pretende que los
niños con y sin necesidades educativas
especiales, compartan junto un mismo espacio
la mayor parte del tiempo con el objetivo de que
se sientan en el mismo contexto inclusivo, lo
que trae consigo que la educación regular tenga
un beneficio educativo para estos niños con
determinadas discapacidades.
Doce años después de la Declaración de los
Derechos Humanos, en París 1960, la
Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura, implemento
nuevas normativas en el ámbito de la educación
inclusiva, siendo éste la Convención contra las
discriminaciones en la enseñanza,
comprometiendo a las Naciones a formular,
progresar y aplicar una política encaminada a
promover, por métodos correcto a la práctica
social, la igualdad de posibilidades en
enseñanza. (Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura, 1960).
Posteriormente y por primera vez en 1978 en
Inglaterra se pone en contexto el término Niños
con Necesidades Educativas Especiales, el que
se promulga en el informe Warnock, que hace
referencia a los niños que requerían de apoyo
especializado, este proceder rompe con el
esquema paradigmático cual manifestaba que
los estudios eran solo para personas normales,
preferentemente sanas. En 90 se consolida el
movimiento inclusivo a nivel internacional,
enlazando tres frentes. (Márquez Moreira, M y
Cueva Gaibor, A. 16 (76)
Es así que, en 1994, en la Declaración de
Salamanca ofrece a las personas con
necesidades educativas especiales, la
oportunidad de tener acceso a las escuelas
ordinarias, integrándolos a una pedagogía que le
permitiría a este tipo de personas, ser capaz de
satisfacer esas necesidades,
independientemente de sus condiciones físicas,
intelectuales, sociales, emocionales y
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lingüísticas los niños tienen derecho a una vida
plena como cualquier ser humano;
garantizándosele así el derecho a la igualdad de
oportunidades.
Surge entonces la Declaración de Salamanca,
pronunciándose por una educación de calidad
para los niños obviando toda idea de exclusión.
En este marco la UNESCO establece una
política de inclusión y convivencia de carácter
estructural. (Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura, (1994).
Cabe preguntarse ¿Cuál era la esencia de la
conferencia mundial sobre necesidades
educativas especiales? la Conferencia de
Salamanca tiene por prioridad representar un
inicio de defensa para millones de niños
privados de oportunidades únicas de atención a
las necesidades educativas especiales
aprovechando el amplio movimiento de
Educación para todos.
Son muchas las intervenciones realizadas desde
distintos escenarios internacionales, que
responden a la protección de los niños, niñas y
adolescentes con Necesidades Educativas
Especiales. También el Objetivo Nro. 4 de la
Agenda 2030, que se enfoca en garantizar una
educación inclusiva, equitativa y de calidad y
promover oportunidades de aprendizaje durante
toda la vida para las personas discapacitadas.
Después del triunfo revolucionario de 1959 en
Cuba, se tomaron nuevas estrategias en el
sistema educacional, que vinieron a salvar a
Cuba de la sucesión cultural de dependencia que
se tenía impuesta, rescatando así toda la
experiencia pedagógica, se diseñó una
estructura a la carrera Educación especial y se
comenzó la formación de maestros sobre esa
base. Por estas razones, en el país de manera
inmediata se inició un proceso de formación de
especialista que hicieran posible la atención
educativa con calidad. Ya existía niños y
adolescentes que producto a la falta de servicios
médicos, a la pobreza, la insalubridad, el
hambre y la incultura, padecían de un deficiente
desarrollo infantil. Según el profesor López
Machín, en las escuelas normales para maestros
y en las universidades, existían algunas materias
como Psicología y Pedagogía de niños con
discapacidad, que solo eran utilizadas para
informar de la discapacidad del niño,
identificadas entonces como anormalidades o
desarrollo anormal. Que los maestros se
preparaban para identificar niños que por su
anomalía física o intelectual no podían aprender
en el sistema común de enseñanza, aun en
aquellos casos en que sus discapacidades y
dificultades eran menos manifiestas
(dificultades visuales, auditivas, trastornos del
lenguaje, alteraciones afectivo conductuales,
insuficiencia intelectual leve y otras situaciones
que causaban dificultades para aprender), pero
otro tipos de escuelas prácticamente no existían,
por lo que quedaban, como regla, fuera de toda
atención educativa
Sobre la educación jurídica como estrategia
didáctica, modelo didáctico, o como disciplina,
no existen referentes teóricos cercanos en el
tiempo; de ahí la importancia de la labor
desplegada por Sáez Palmero (2001) y la
Cátedra de Educación Cívica por él fundada en
el Instituto Superior Pedagógico “José Martí”
de Camagüey. De gran importancia para la
especificidad del trabajo de educación jurídica,
desde la educación cívica, resultó el estudio de
la periodización de la Educación Cívica
realizada, pero aún es insuficiente la aplicación
del conocimiento específicamente en un área
tan susceptible como el tratamiento como las
necesidades educativas especiales.
La Cátedra de Educación Cívica fue creada en
1994 en los marcos del I Encuentro Nacional de
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Educación Cívica en el Instituto Superior
Pedagógico “José Martí” de la ciudad de
Camagüey, sus objetivos fueron: el
perfeccionamiento de la enseñanza de la
Educación Cívica; la promoción del estudio de
los conocimientos cívicos; y el intercambio
académico y científico. Desde el curso 1994-
1995 se desarrolló una intensa actividad
científica territorial y nacional. Con los cinco
Encuentros Nacionales de Educación Cívica
celebrados desde su fundación, se fue creado un
espacio de debate enriquecedor que ha
contribuido a que la asignatura vaya escalando
peldaños importantes para su reconocimiento.
En el año 1959 y como parte de la nefasta
herencia que Cuba recib a nivel de servicios
sociales, de una población de seis millones de
habitantes con una población escolar censada de
1.016.888 niños, solo asistían a clase 550.000,
de los que solo limitado porcentaje alcanzaba el
grado. Y sin embargo de ocho a diez mil
maestros titulados se encontraban total o
parcialmente desocupados (García Galló,
1978); Por aquel entonces prácticamente no se
hablaba de educación especializada para los
sujetos que se desviaban de la norma psicofísica
y/o intelectual.
En el año 1959 y como parte de la nefasta
herencia que Cuba recibe a nivel de servicios
sociales, de una población de seis millones de
habitantes con una población escolar censada de
1.016.888 niños, solo asistían a clase 550.000,
de los que solo limitado porcentaje alcanzaba el
grado. Y sin embargo de ocho a diez mil
maestros titulados se encontraban total o
parcialmente desocupados (García Galló,
1978); Por aquel entonces prácticamente no se
hablaba de educación especializada para los
sujetos que se desviaban de la norma psicofísica
y/o intelectual.
Al no ser una prioridad del Ministerio de
Educación de la pseudo república la ayuda a
estas personas, tampoco se formaban maestros
especializados para la enseñanza y educación de
escolares con necesidades educativas
especiales, para emplear términos acordes con
las actuales concepciones humanistas. En esta
Época solo se abordaban algunos elementos
psicológicos y pedagógicos del niño con
problemas, en la formación que recibían los
maestros que egresaban de la Escuela Normal y
de la carrera de Pedagogía en las universidades.
Una vez iniciada la profunda y renovadora
transformación de la sociedad cubana, la
política educacional se comenzó a dirigir a la
extensión de esos servicios a la población
desfavorecida de edad escolar entre los 6 y 12
años y la eliminación del analfabetismo en la
población mayor de 15 años (Chávez
Rodríguez, 1996). Se desarrollo así la Campaña
de Alfabetización del año 1961 y surgió en 1962
la necesidad de atender a aquellos escolares que
por diferentes causas no aprendían al mismo
ritmo, encontrándose como alternativa idónea,
en correspondencia con el desarrollo
socioeconómico del país, la creación del
subsistema de Educación Especial y de las
denominadas entonces Escuelas Diferenciadas,
con condiciones organizativas, equipamiento
técnico y recursos humanos adecuados.
La primera tarea fue entonces preparar el
personal que trabajaría en estas instituciones
escolares, en su mayoría de tránsito; una vez
seleccionado se implementaban cursillos y
cursos cortos emergentes. En el año 1967 se
inaugura la Escuela de Defectología en Ciudad
Habana, en la que se organizaban cursos de
diferentes modalidades con una duración de 2 y
3 años para maestros en ejercicio. En el año
1968 se comienza a enviar grupos a calificarse
a países del este europeo, creándose así las
condiciones para iniciar en el país la formación
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de maestros defectólogos de nivel superior, hoy
licenciados en Educación Especial.
En el curso 1980-1981 se inauguró el
Departamento de Defectología en la Facultad de
Pedagogía y Psicología del Instituto Superior
Pedagógico Enrique José Varona (Universidad
Pedagógica) de Ciudad de la Habana y en el
curso siguiente hizo su apertura la Facultad de
Defectología, hoy Facultad de Educación
Infantil, en la que estudiaron los primeros
licenciados en Educación Especial formados
íntegramente en Cuba.
En la década de los 80 la titulación se hizo por
especializaciones, graduándose logopedas,
oligofrenopedagogos, pedagogos en trastornos
de la conducta, también se formaron
surdopedagogos y tiflopedagogos, estas dos
últimas en un curso de especialización para los
licenciados en logopedia y oligofrenopedagogía
respectivamente. Los graduados de estos
primeros años conformaron los incipientes
claustros en la mayoría de las Universidades
Pedagógicas cubanas.
La tendencia creciente y permanente de
perfeccionamiento del sistema educacional
llevó a la renovación de los planes y programas
de estudio de los diferentes niveles de
enseñanza y en primer lugar los de la educación
superior, que han pasado por tres estadios: Plan
A, Plan B y Plan C, encontrándose finalmente
en este último y en fase de adecuación.
Para la concreción final de este proyecto se
convocó a una representación de los Claustros
de Profesores de las diferentes Universidades
Pedagógicas y al estructurarlo se propuso como
fin esencial la formación de un universitario de
perfil amplio, alejado de la super
especialización académica y que pudiese
acometer con éxito las tareas de
perfeccionamiento de la sociedad cubana (en
particular a nivel de educación) y ser gestor del
principio de integración del discapacitado en la
sociedad, como se proclamó en la Conferencia
Mundial sobre Educación Para Todos de 1990 y
años después en la Conferencia Mundial sobre
Necesidades Educativas Especiales, efectuada
en Salamanca en el 1994.
De esta manera en el curso 90-91 se pusieron en
marcha en todas las universidades del país los
planes de estudio C. A continuación, se hace
una breve reseña de cómo es la formación
inicial del maestro de Educación Especial en
Cuba a partir de esa fecha, con la respectiva y
necesaria adecuación a las particularidades del
territorio.
La pretensión de este artículo ha estado centrada
en primer lugar a ubicar el desarrollo que ha
venido alcanzando la educación especial con las
tres revoluciones educacionales logradas, y por
otro lado la periodización por años y etapas y
cuáles han sido las estrategias desde el punto de
vista jurídico para lograr un personal
especializado y preparado para enfrentar la
tarea. Toda vez que los datos figuran adecuados
y reflejan la historia de la educación especial
conforme al contexto histórico concreto, con las
características culturales y sociales por las que
estuvo marcada que a partir del año 1959 y la
prioridad que el Estado revolucionario le dio a
la Educación, este autor considera que si bien es
cierto el desarrollo alcanzado hasta la
actualidad en todos los componentes teóricos y
metodológicos de los procesos, aún hay que
ponerle un poco más de incorporación a los
programas de las disciplinas para la formación
de los futuros especialistas de la educación
especial donde la estrategia curricular en tema
jurídico agrupe un poco más de aquellas
bibliografías de las leyes y resoluciones que a
nivel internacional y nacional protegen a esta
población con Necesidades Educativas
Especiales.
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Fidel Castro Ruz dijo al respecto:
“Hoy se trata de perfeccionar la obra
realizada partiendo de ideas y conceptos
enteramente nuevos. Hoy buscamos lo
que a nuestro juicio debe ser y será un
sistema educacional que se corresponda
cada vez más con la igualdad, la justicia
plena, la autoestima y las necesidades
morales y sociales de los ciudadanos en
el modelo de sociedad que el pueblo de
Cuba se ha propuesto crear”. (Castro,
F.2002: 6).”
La Educación Especial en Cuba llegó al siglo
XXI inmersa en la batalla de ideas que se
definiera en el Juramento de Baraguá como
instrumento de lucha frente a las agresiones y
amenazas del imperialismo yanqui. Se iniciaron
los análisis acerca de las afectaciones del
bloqueo a la Educación Especial, a partir del
recrudecimiento de las medidas del gobierno
norteamericano contra Cuba expresadas en la
Ley Helms -Burton y acrecentadas con la
reciente emisión del Documento “Comisión
para asistir a una Cuba libre”, dirigida a privar
a Cuba de su independencia y soberanía a través
de una intervención militar para restaurar el
capitalismo y establecer la privatización de la
Educación entre otras medidas.
Refiere Mesa Villavicencio, que aquellas
limitaciones económicas provocadas por el
bloqueo impuesto a la Isla que afectaban el
desarrollo de la Educación Especial, que
evidenciaban un recrudecimiento y su impacto.
Especialmente en el período de enero del 2002
a mayo del 2003 y refirió su evaluación a dicha
problemática manifestando las siguientes:
“Imposibilidad de comprar todas las
máquinas Braille necesarias para el
aprendizaje de los niños Ciegos y Débiles
de Visión, cuyo precio en los EE. UU es de
aproximadamente 700 USD, y tenerlas que
adquirir a más de 900 y hasta 1000 USD en
otros países, producto de las barreras
comerciales establecidas.
Encarecimiento de la adquisición del papel
Braillón para las escuelas de ciegos lo que
dificulta la elaboración de gráficos, láminas
a relieves y otros materiales básicos para el
apoyo a los programas de estudio.
Déficit y deterioro del equipamiento de las
escuelas especiales para Estróficos y
Ambliopes, que ha impedido una mayor
celeridad en la compensación el defecto
visual de estos alumnos, por lo que ha sido
necesario utilizar otras variantes con la
consecuente dilación en tiempo del
tratamiento.
Carencia de recursos terapéuticos para
desarrollar con mayor calidad la
rehabilitación física de niños con
limitaciones motrices desde las primeras
edades, atendiendo a este período sensitivo
del desarrollo.
Dificultades para adquirir materiales y
medios de acceso a la computación por el
predominio de mercados restringidos y de
elevados precios que de facilitar
garantizaría una mayor participación de los
niños con discapacidades y la igualdad de
posibilidades en el óptimo
aprovechamiento de las bondades de esta
tecnología.
Detención, desde 1990, del Programa
Nacional de construcción de escuelas
especiales, lo que conllevó a definir otras
alternativas de atención para 5910 niños
discapacitados que hoy están ubicados en
aulas especiales anexas a la escuela general
y dispersos en las propias escuelas a las que
asistían con seguimiento de los
especialistas correspondientes, pero
conscientes de que no se encuentran en la
modalidad de atención más conveniente.
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La calidad en la atención médica de los
niños discapacitados ha estado limitada por
la escasez de medicamentos tales como
Nitropan, facilitador el control de esfínter
en los casos de Mielomeningocele, otros
derivados, Corticoides, antibióticos de
tercera generación, antioxidantes y bolsas
urinarias infantiles que se venden a mejor
precio en el mercado norteamericano, al
cual no tenemos acceso.
Este análisis que se realizó de la evolución
histórica de la Educación Especial en Cuba, no
se separa de la pretensión del autor, pues para
cada proceso, cada estrategia o metodología que
se elabore en cada transformación de los planes
y programas de estudios se hace necesario e
imprescindible diseñar una estrategia jurídica
de cada norma, resolución y bibliografías que se
vayan a estudiar para implementar los nuevos
planes y eso es formación jurídica.
Es necesario plantear que, ya en el curso escolar
2000-2001, en correspondencia con cambios de
concepciones y de la propia terminología que
estaba teniendo lugar a escala universal, lo que
consolidaba posiciones humanistas en relación
con las personas que presentan diferentes tipos
de discapacidades o necesidades educativas
especiales, se propuso a la Dirección del
Ministerio de Educación Superior y fue
aprobado, el cambio de denominación de la
carrera de Defectología por el de Licenciatura
en Educación. Educación Especial. Vigente aún
el Plan de Estudio C
A partir del curso 2010-2011 se inicia la
implementación de la generación D de los
planes de estudio, para las dos modalidades
formativas: Curso diurno y Curso por
encuentros; caracterizada por el
perfeccionamiento de acuerdo con los objetivos
y principios planteados para la preparación de
los profesionales que necesita el desarrollo
científico técnico y social del país, y la
específica al enfoque ontogenético, diagnóstico
y de estimulación del desarrollo y el amplio
perfil profesional, capaz de ofrecer atención
educativa integral a los niños, adolescentes y
jóvenes con necesidades educativas especiales
asociadas o no a discapacidades, con un
enfoque humanista, ideopolítico,
individualizado, correctivo, compensatorio y
preventivo.
En la investigación se asume como criterio para
el análisis a las principales políticas que desde
la Educación Superior inciden en el proceso de
formación profesional en las ciencias
pedagógicas de acuerdo con el paradigma
jurídico vigente en Cuba, que posibilita incidir
en el proceso de formación de la educación
jurídica desde la superación profesional.
Ya visto este recorrido que realiza la educación
especial desde siglos anteriores y como
comienza a manifestarse en las universidades en
Cuba, es necesario darle un matiz a esos
elementos que necesita para que el profesional
que asiste a esos niños, niñas y adolescentes con
Necesidades Educativas Especiales se
conviertan en educadores comprometidos y
competentes con la actividad de educar, donde
intervienen los procesos jurídicos que hacen el
complemento de esa preparación integral del
especialista en la atención a niños con
necesidades especiales.
A modo de entrar en el recorrido de la
Educación Especial en Cuba, es necesario
analizar del proceso de formación de pregrado
de la carrera Licenciatura en Educación
Especial y sus potencialidades para la
educación jurídica.
Cuan Rodríguez. A. y García Real. N. (2017).
Definen la educación jurídica como un proceso
consciente de enseñanza y aprendizaje, de
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acercamiento continuo al derecho para
apropiarse de su contenido político, social,
ideológico, deontológico, axiológico,
normativo y conductual, en función de la
defensa consciente del proyecto cubano,
mediante el estudio de las normas jurídicas y
encaminado a la formación ética del ciudadano
sobre la base de la dialéctica de deberes y
derechos.
Witker (1995) plantea que existe un aislamiento
de los estudios jurídicos respecto del resto de las
Ciencias Sociales que impiden enfoques
globales a los problemas, además de una
enseñanza jurídica discursiva, memorística y
repetitiva que omite todo juicio crítico y
participativo de estudiantes pasivos y
esencialmente receptivos. Que los tiempos
actuales necesitan profesionales que sean más
que simples recitadores de la ley.
Según Companioni Albrisa (2018). La
educación jurídica es mucho más que enseñar a
obedecer, significa más que aprender a
obedecer: se trata de educar a participar,
conscientemente, en el acto de conformación de
las leyes, a cuestionar aquellas que padezcan de
defectos o vacíos.
Magendzo, (2002) alega que un ciudadano
educado jurídicamente es alguien con la
capacidad de defender y exigir el cumplimiento
de sus derechos y el de los demás con
argumentos fundamentados e informados,
capaz de fundar sus juicios asumiendo una
postura crítica y flexible, que puede conferirle
sentido y valor a su existencia y no vivir de
juicios ajenos. Es alguien que se sitúa y siente
ciudadano en su sociedad, comprometido con el
bien común. Hace uso del poder de la palabra
mediante la persuasión y no el sometimiento.
La educación jurídica de los discentes está
relacionada con los procesos de formación,
desarrollo y autoformación Larrauri (2006);
Gutiérrez (2007); Según Pérez (2008); Espinosa
(2009); Quiroz y Jaramillo (2009); Peñate
(2012); Sierra Socorro (2020) y otros estudiosos
de la educación jurídica. El estudio de estos
últimos permite desentrañar de forma teórica
alguna de los fundamentos de la propuesta que
se realiza en torno a la educación jurídica de los
estudiantes, sus especificidades en las carreras
pedagógicas, en particular en la que me
acontece la carrera Licenciatura en Educación
Especial.
Pérez (2016), considera que la idea de cambiar
o reformar la educación jurídica ha sido
recurrente en América Latina y que los
contenidos y métodos de enseñanza se han
perpetuado en el tiempo y que necesitan ser
cambiados porque están atrasados respecto de
los cambios en la sociedad.
Al hablar de la educación jurídica en el pregrado
de la Educación Especial, a pesar de los aportes
que han dado algunos autores como los
mencionados anteriormente sobre este tema, si
se consideró que, en los programas de estudios
debe existir una estrategia didáctica que
favorezca la educación jurídica de los dicentes
del pregrado en las universidades que trabajen
las leyes y otras normativas que traten la
protección a todos los niveles de los niños, niñas
y adolescentes con Necesidades Educativas
Especiales como por ejemplo, por poner alguno
de ellos:
Convención sobre los derechos del niño.
ONU. Regla Menores Privados de
Libertad.
Reglas de Bejing.
Decreto No. 129-2007 Convención sobre
los derechos de las personas con
discapacidad.
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Decreto No 160-2005 Ley de equidad y
desarrollo integral para las personas con
discapacidad.
Código de Familia.
Código de la niñez y la Juventud.
Instrucción 173. Tribunal Supremo
Popular.
Orden No. 1de 7-6-1993 MININT.
Orden No. 19 MININT de 22-9-1995.
Resolución 8 del MININT.
Resolución 9 del MININT complementaria
del DL 64.
Resolución 40 del MINED complementaria
del DL 64.
Resolución conjunta MINED-MININT.
A demás de estas y otros normativas que
responde al derecho de la niñez y la
adolescencia existen las conferencias, talleres y
asambleas nacionales e internacionales como la
Agenda 2030 y claustros ministeriales de la
educación y la salud en Cuba que le prestan
suprema importancia al desarrollo en todos los
sentidos de la infancia y la niñez.
Conclusión
En esta investigación realizada se presentan una
gama de estrategias y elementos que ratifican el
desarrollo alcanzado en la Universidad de
Granma. Cuba, durante la evolución de
procesos que demuestran la evolución lograda
con la implementación de estrategias didácticas
de educación jurídica para elevar el
perfeccionamiento de un profesional
comprometido y competente con la voluntad de
formar el hombre nuevo y la inserción a la
sociedad de las personas con discapacidad.
Referencias Bibliográficas
Arenas, K (2016). De la integración a la
inclusión: una escuela para todos. Revista de
Postgrado FaCE-UC. 10 (19).
https://ervicio.bc.uc.edu.veeducacionarjearj
19art18.pdf
Beloff, M (1990). Modelo de la protección
integral de los derechos del niño y de la
situación irregular: un modelo para armar y
otro para desarmar.
http://www.iin.oea.org/Cursos_a_distancia/
Cursoprojur2004/Bibliografia_Sist._Justicia
_Juvenil_Mod_2/pdf/proteccion_integral.pd
f
Baena-Jiménez, J (2007). “Antecedentes de la
educación especial
https://archivos.csif.es/archivos/andalucia/e
nsenanza/revistas/csicsif/revista/pdf/Numer
o_13/JUAN_J_BAENA_2.pdf
Companioni, V. (2018). Una revisión a algunos
referentes en torno a la educación jurídica.
Pedagogía y Sociedad, 21(51). Recuperado
de
http://revistas.uniss.edu.cu/index.php/pedag
ogia-y-sociedad/article/view/646.
Companioni, V. (2018). La educación jurídica
de los estudiantes de carreras pedagógicas
durante la formación inicial
https://dspace.uniss.edu.cu/bitstream/handle
/123456789/5217/Virgilio%20Companioni
%20Albrisa%20versi%c3%b3n%20definiti
va.pdf?sequence=1&isAllowed=
Companioni, V. (2018). Características
esenciales de la educación jurídica de
estudiantes de carreras pedagógicas.
Educación y Sociedad. 16 (2), mayo-agosto
de 2018 (42-52)
https://revistas.unica.cu/index.php/edusoc/ar
ticle/download/1008/pdf_1
Cuan-Rodríguez. A. y García Real. N. (2017).
Una contribución a la cultura ciudadana: la
educación jurídica en la formación docente.
17 (46), art (06), pp. (58-67), enero-abril.
http://revistavarela.uclv.edu.cu,
Chacón-Arteaga L. (2022). La formación
ciudadana en las carreras pedagógicas. Retos
y experiencia cubana. 12 (1)
http://revistaccuba.sld.cu/index.php/revacc/
article/view/1121/1312
Cruz, R. (2019). A 25 Años de la Declaración
de Salamanca y la Educación Inclusiva: Una
Mirada desde su Complejidad. Revista
Latinoamericana de Educación
Inclusiva,13(2).
Ciencia y Educación
(L-ISSN: 2790-8402 E-ISSN: 2707-3378)
Vol. 3 No. 10
Octubre del 2022
Página 52
http://dx.doi.org/10.4067/S0718-
73782019000200075
Caimbo-Nhongola, G. (2003). Fundamentos
teórico-metodológicos para la elaboración de
un programa de capacitación sobre
orientación familiar dirigido a egresados de
la carrera de educación especial.
https://rc.upr.edu.cu/bitstream/DICT/235/1/
2012.3.20.u1.s06.t.pdf
Echeita Sarrionandía, G y Verdugo Alonso, M.
Á (2004). La Declaración de Salamanca.
http://riberdis.cedid.es/bitstream/handle/111
81/3223/Declaracion_de_Salamanca.pdf?se
quence=1&rd=0031658475211812
de Alba-Fernández, N. García-Pérez, F. y
Santisteban-Fernández, A. Educar para la
participación ciudadana en la enseñanza de
las Ciencias Sociales. Volumen II.
https://www.researchgate.net/profile/Beatric
e-Borghi-
2/publication/259930763_Educar_para_la_
participacion_ciudadana_en_la_ensenanza_
de_las_Ciencias_Sociales_Experiencias_de
_ensenanza_de_la_participacion_ciudadana
_Edited_by_Nicolas_de_Alba_Fernandez_F
rAncisco_F_Garcia_Perez_Ant/links/00b49
52e93aa5f4156000000/Educar-para-la-
participacion-ciudadana-en-la-ensenanza-
de-las-Ciencias-Sociales-Experiencias-de-
ensenanza-de-la-participacion-ciudadana-
Edited-by-Nicolas-de-Alba-Fernandez-
FrAncisco-F-Garcia-Perez-An.pdf
González-Peña. R y Llanes Isla. A. (2918). La
formación del profesional de la educación
especial en Cuba. V-2. p. 56, 57
https://revistas.utp.ac.pa/index.php/retoxxi/a
rticle/view/2059/3012
Garbey-Árias, D. (2016). La cultura jurídica en
el profesional de la educación. 13(1)
https://maestroysociedad.uo.edu.cu/index.p
hp/MyS/article/view/999/1146
Larrauri-Torroella. R. (2005/2006). La
educación jurídica, como campo de
investigación desde una conceptualización
epistemológica. https://e-
archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/87
46/educacion_larrauri_RU_2006.pdf
Mejía-Rodríguez. S, Quiroz, E. y Díaz, E.
(2019). ¿Existen relaciones entre la
formación ciudadana y la justicia social en la
educación? Año 8, Número
(11)https://revistas.unne.edu.ar/index.php/d
pd/article/view/3825
Márquez-Moreira, M. La educación inclusiva
desde la normativa jurídica internacional y
ecuatoriana, en el contexto universitario.
Revista Conrado. 16 (76).
http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_art
text&pid=S1990-86442020000500459
Márquez-Valdés, M., Acosta Bandomo, U. y
García Ruiz, B. (2017). La formación
didáctica inicial del maestro para la
Educación Especial. Una mirada a la
experiencia cubana. Revista de Educación
Inclusiva, 10(2), 31-41.
https://revista.educacion.inclusiva.esindex.p
hpREIarticleview308296
Milicic, N, López de Lérida, Soledad. (2003).
La inclusión de niños con NEE: algo más que
un desafío.
https://cdn.publisher.gn1.link/revistapsicope
dagogia.com.br/pdf/v20n62a07.pdf
Suárez Sandoval. M y Sierra Socorro. J. (2019).
El pensamiento histórico-lógico para la
integración de los contenidos en la carrera
Marxismo Leninismo e Historia. 12 (1)
http://200.14.53.83/index.php/opuntiabrava/
article/view/957
Sánchez-Vázquez, J, Lilián-Borzi, S y Lydia-
Talou, C. (2010). Infancia y discapacidad. El
derecho a una educación inclusiva. Revista
infancias imágenes. 9(1) pp. 16-23
Magendzo-Kolstrein, A y Toledo-Jofré. I.
(2015). Educación en derechos humanos:
Estrategia pedagógica-didáctica centrada en
la controversia. Revista Electrónica Educare.
19 (3), septiembre-diciembre, pp. 1-16.
https://www.researchgate.net/profile/Maria-
Toledo-Jofre-
2/publication/281571474_Educacion_en_de
rechos_humanos_Estrategia_pedagogica-
didactica_centrada_en_la_controversia/link
s/5609433108ae840a08d377bb/Educacion-
en-derechos-humanos-Estrategia-
pedagogica-didactica-centrada-en-la-
controversia.pdf
Ciencia y Educación
(L-ISSN: 2790-8402 E-ISSN: 2707-3378)
Vol. 3 No. 10
Octubre del 2022
Página 53
Ortega-Ruiz, G. (2020). Reflexiones jurídicas
sobre el derecho a la felicidad y el bien
común constitucional. Dikaion 25, n.º 2
(2016): 252.
https://books.google.es/books?hl=es&lr=lan
g_es&id=-
A9IEAAAQBAJ&oi=fnd&pg=PT5&dq=Re
flexiones+jur%C3%ADdicas+sobre+el+der
echo+a+la+felicidad+y+el+bien+com%C3
%BAn+constitucional&ots=z2Uv0j0tz0&si
g=L3U8shQPMNWObLD7RO0r50AKYG
Y#v=onepage&q=Reflexiones%20jur%C3
%ADdicas%20sobre%20el%20derecho%20
a%20la%20felicidad%20y%20el%20bien%
20com%C3%BAn%20constitucional&f=fal
se
Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura (1994).
Declaración de Salamanca y marco de acción
para las necesidades educativas especiales.
https://formacion.intef.es/pluginfile.php/110
983/mod_imscp/content/3/Documento_Con
ferencia_Salamanca_1994_UNESCO.pdf
Pérez-Perdomo, R. (2016). Reformar la
educación jurídica ¿Tarea para Sísifo? l.
3(1), pp. 3-27.
https://adnz.uchile.cl/index.php/RPUD/artic
le/view/41911
Pérez-Serrano, E y Mercadé-Gámez, V (1999).
La formación inicial del maestro de
educación especial en Cuba. Rev. Interuniv.
Form. Profr. ,35
file:///C:/Users/Administrador/Downloads/
Dialnet-
LaFormacionInicialDelMaestroDeEducacio
nEspecialEnC-118033.pdf
Quiroz, E y Bolívar, A. (2019). ¿Cuál es el
papel de la formación ciudadana en la
construcción de los derechos básicos de
aprendizaje de las ciencias en Colombia?
Revista Temas, III (13),9-21.
http://tesis.udea.edu.co/bitstream/10495/145
35/1/QuirozPosadaRuth_2019_PapelForma
cionCiudadana.pdf
Quiroz-Posada, E y Jaramillo, O. (2009).
Formación ciudadana y educación cívica:
¿Cuestión de actualidad o de
resignificación? núm. 14, enero-junio, pp.
123-138.
https://deliverypdf.ssrn.com/delivery.php?I
D=964083123101065090018089094000102
10400008209003500503612400111909007
80051020060100871231020610290310450
17120110091095092089082016018074003
06807401908901208206410410704101909
40960700050691041171240801090780231
18090112001019029075110068115108118
106082127&EXT=pdf&INDEX=TRUE
Sierra, J. (2004). La Educación Jurídica.
Propuesta de un sistema de trabajo teórico y
metodológico para la formación inicial y
permanente de maestros primarios. (Tesis de
doctorado). Instituto Central de Ciencias
Pedagógicas. Ciudad de La Habana.
Sáez-Palmero, A. (2001). Historia de la
Enseñanza de la Educación Cívica en Cuba
de 1899 a 1988. Tesis en opción al grado
científico de Doctor en Ciencias
Pedagógicas.
http://rediuc.reduc.edu.cu/jspui/handle/1234
56789/272
.
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